Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03870/2024)
Bases y convocatoria de las ayudas municipales para la adquisición de material escolar y libros de texto del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes para el curso 2024/2025
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Anuncio 3870/2024
documentación que acredite su identificación, antes del 1 de septiembre de 2024.
c) Los comercios presentarán factura acreditativa de la adquisición de material escolar con los documentos
que sirvan para justificar esta subvención, hasta el 16 de diciembre de 2024. A partir del 31 de diciembre de
2024, el crédito presupuestario quedará anulado y se perderá el derecho a cobrar la ayuda concedida para
infantil de segundo ciclo, primaria y secundaria para el curso 2024/2025.
d) Una vez entregado el cheque, no será sustituido en casos de pérdida o sustracción.
e) El plazo máximo para el cambio del cheque en los comercios autorizados será hasta el 30 de noviembre de
2024 inclusive. Vencido el plazo, la ayuda que no se haya dispuesto quedará sin efecto.
Artículo 15.- Reintegro.
Procederá el reintegro de las cuantías percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la
subvención en los siguientes casos:
a) Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas.
b) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
c) El beneficiario haya omitido obligaciones.
d) La modificación de las condiciones de la concesión o falsedad en la documentación presentada, derivada
de las actuaciones de comprobación.
e) Darse de baja antes de su finalización en los estudios en educación infantil, educación primaria o educación
secundaria obligatoria en el CEIP Santa Ana o IES Benazaire que cursen en el año académico 2024/2025.
En Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.
____________
ANEXO I. SOLICITUD DE AYUDAS MUNICIPALES PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS DE TEXTO PARA EL
CURSO 2024/2025.
Don/Doña ______________________________________, con NIF ________________, con domicilio
_____________________________________ de la localidad de _______________________________ y teléfono ___________________
en
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que su hijo/a __________________________________________, se encuentra matriculado en el colegio/instituto público
______________________________, durante el curso escolar 2024/2025.
Que en la unidad familiar de la que formo parte, _____ (si/no) se recibe prestaciones sociales públicas.
SOLICITA
La concesión de la ayuda aprobada por el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes para la adquisición de material
escolar y libros de texto para el curso escolar 2024/2025.
- Documentación que se aporta (artículo 6 de las bases):
Anexo I.
Fotocopia del DNI de uno de los progenitores o tutor en su caso.
Documentación acreditativa de la unidad familiar (libro de familia, partida de nacimiento, etc.). Se define unidad
familiar a la formada por cónyuges e hijos. En caso de tutor/a legal, a la formada por el/la tutor/a su cónyuge e
hijos/as y tutelado/a.
Declaración de la renta del ejercicio 2023 del padre, la madre y/o el tutor del alumno/a beneficiario/a.
Si no se tuviese obligación de presentar la declaración de la renta del ejercicio 2023.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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documentación que acredite su identificación, antes del 1 de septiembre de 2024.
c) Los comercios presentarán factura acreditativa de la adquisición de material escolar con los documentos
que sirvan para justificar esta subvención, hasta el 16 de diciembre de 2024. A partir del 31 de diciembre de
2024, el crédito presupuestario quedará anulado y se perderá el derecho a cobrar la ayuda concedida para
infantil de segundo ciclo, primaria y secundaria para el curso 2024/2025.
d) Una vez entregado el cheque, no será sustituido en casos de pérdida o sustracción.
e) El plazo máximo para el cambio del cheque en los comercios autorizados será hasta el 30 de noviembre de
2024 inclusive. Vencido el plazo, la ayuda que no se haya dispuesto quedará sin efecto.
Artículo 15.- Reintegro.
Procederá el reintegro de las cuantías percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la
subvención en los siguientes casos:
a) Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas.
b) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
c) El beneficiario haya omitido obligaciones.
d) La modificación de las condiciones de la concesión o falsedad en la documentación presentada, derivada
de las actuaciones de comprobación.
e) Darse de baja antes de su finalización en los estudios en educación infantil, educación primaria o educación
secundaria obligatoria en el CEIP Santa Ana o IES Benazaire que cursen en el año académico 2024/2025.
En Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.
____________
ANEXO I. SOLICITUD DE AYUDAS MUNICIPALES PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS DE TEXTO PARA EL
CURSO 2024/2025.
Don/Doña ______________________________________, con NIF ________________, con domicilio
_____________________________________ de la localidad de _______________________________ y teléfono ___________________
en
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que su hijo/a __________________________________________, se encuentra matriculado en el colegio/instituto público
______________________________, durante el curso escolar 2024/2025.
Que en la unidad familiar de la que formo parte, _____ (si/no) se recibe prestaciones sociales públicas.
SOLICITA
La concesión de la ayuda aprobada por el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes para la adquisición de material
escolar y libros de texto para el curso escolar 2024/2025.
- Documentación que se aporta (artículo 6 de las bases):
Anexo I.
Fotocopia del DNI de uno de los progenitores o tutor en su caso.
Documentación acreditativa de la unidad familiar (libro de familia, partida de nacimiento, etc.). Se define unidad
familiar a la formada por cónyuges e hijos. En caso de tutor/a legal, a la formada por el/la tutor/a su cónyuge e
hijos/as y tutelado/a.
Declaración de la renta del ejercicio 2023 del padre, la madre y/o el tutor del alumno/a beneficiario/a.
Si no se tuviese obligación de presentar la declaración de la renta del ejercicio 2023.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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