Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03729/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la recogida de residuos
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Casas de Don Pedro (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la recogida de residuos

ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 26 DE JULIO DE 2024 DEL AYUNTAMIENTO DE CASAS DE DON PEDRO POR EL QUE SE
APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS
Por acuerdo del Pleno de fecha 26 de julio de 2024 se aprobó definitivamente la Ordenanza reguladora del servicio de
recogida de residuos, lo que se publica a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
«ORDENANZA REGULADORA DE LA RECOGIDA DE RESIDUOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 45 de la Constitución Española establece, como principio rector de la política social y económica, el derecho de
todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de los poderes
públicos, entre ellos el municipio, de conservarlo.
En cumplimiento de lo anterior, y de acuerdo con el bloque de constitucionalidad en materia de medio ambiente, se aprobó
la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados que incorporó al ordenamiento jurídico interno la Directiva
2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan
determinadas Directivas (Directiva Marco de residuos), que estableció el principio de jerarquía de residuos como
instrumento clave que permitía disociar la relación existente entre el crecimiento económico y la producción de residuos,
explicitando el orden de prioridad en las actuaciones en materia de residuos: Prevención de residuos, preparación para la
reutilización, reciclado, otros tipos de valorización incluida la energética y por último, la eliminación de los residuos; a la vez
que revisó la regulación en la materia existente en España que databa del año 1998.
En el año 2015, la Comisión Europea aprobó el Plan de Acción en materia de economía circular (COM (2015) 614 final), que
incluía un compendio de medidas entre las que se encontraba la aprobación de un paquete normativo que revisara las
piezas clave de la normativa de la Unión Europea relativa a residuos. Así, en 2018 se aprueba la Directiva (UE) 2018/851 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los
residuos (en adelante, Directiva (UE) 2018/851). Esta directiva revisa algunos artículos de la Directiva Marco de residuos con
el objetivo de avanzar en la economía circular, armonizar, mejorar la información y trazabilidad de los residuos y reforzar la
gobernanza en este ámbito.
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, incorpora a nuestro ordenamiento
jurídico la directiva aprobada en 2018, con las modificaciones que esta introduce en la Directiva Marco de residuos. De esta
manera, se refuerza aún más la aplicación del principio de jerarquía mediante la obligatoriedad del uso de instrumentos
económicos, se fortalece la prevención de residuos incluyendo medidas para contribuir a los Objetivos de Desarrollo
Sostenible relativos al desperdicio alimentario y a las basuras marinas, se incrementan a medio y largo plazo los objetivos de
preparación para la reutilización y reciclado de los residuos municipales y se establece la obligatoriedad de nuevas recogidas
separadas, entre otros, para los biorresiduos, los residuos textiles y los residuos domésticos peligrosos. También se
establecen los requisitos mínimos obligatorios que deben aplicarse en el ámbito de la responsabilidad ampliada del
productor y se amplían los registros electrónicos para, entre otras, las actividades relacionadas con los residuos peligrosos,
tanto sobre su producción como sobre su gestión.
Finalmente, la ley, además de incorporar las modificaciones introducidas en la Directiva (UE) 2018/851, así como las
principales obligaciones derivadas de la Directiva sobre plásticos de un solo uso, revisa y clarifica ciertos aspectos de la Ley
22/2011, de 28 de julio, a la luz de la experiencia adquirida durante los años de su aplicación para avanzar en los principios
de la economía circular.
Entre los aspectos de la Ley 22/2011, de 28 de julio, que son objeto de revisión, se encuentra la responsabilidad del
productor del residuo, la aplicación de los conceptos de subproducto y fin de la condición de residuo, la actualización del
régimen sancionador y el refuerzo de la recogida separada, cuya obligatoriedad para algunas fracciones de residuos se
extiende a todos los ámbitos, no sólo a los hogares, sino también al sector servicios o comercios, con el fin de permitir un
reciclado de alta calidad y estimular la utilización de materias primas secundarias de calidad. Esta recogida separada, en el
ámbito de los residuos de competencia local, facilitará además el aumento de los índices de preparación para la reutilización
y de reciclado y redundará en la consecución de beneficios ambientales, económicos y sociales sustanciales y en la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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