Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. (03698/2024)
Bases para la provisión como funcionario/a de carrera, mediante el sistema de concurso movilidad de una plaza de Agente de la Policía Local, correspondiente a la oferta pública de empleo 2024
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Ayuntamiento de Calamonte

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8.1. La persona aspirante propuesta para su nombramiento estará obligada a presentar, dentro del plazo de veinte días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas definitivas, todos los documentos acreditativos de
las condiciones establecidas en estas bases, excepto aquellos documentos que ya hayan sido presentados previamente y,
además:
Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las
funciones propias del cargo.
8.2. Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo
causas de fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.
8.3. En este caso la Alcaldesa, efectuará el nombramiento a favor de la persona aspirante que, habiendo obtenido una
mayor puntuación en la fase de concurso, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida
anulación.
Novena. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
9.1. Concluido el proceso selectivo, la Alcaldesa, a la vista de la relación de las personas aspirantes que las hayan superado,
dictará resolución nombrado funcionario de carrera al correspondiente aspirante, publicándose dicho nombramiento en el
Diario Oficial de Extremadura.
9.2. La persona nombrada deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de diez días hábiles. Si no lo hiciera, sin causa
justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.
9.3. La persona funcionaria que haya tomado posesión de su plaza, se inscribirá en la RPT del Ayuntamiento de Calamonte y
percibirá con cargo al Ayuntamiento de Calamonte, las retribuciones que les corresponda.
Décima. Incidencias y recursos.
10.1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o
decisiones necesarias para el buen orden del concurso en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo
caso aplicable la normativa relacionada en la base segunda de la presente convocatoria, así como las demás normas
concordantes de general aplicación.
10.2. Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige, cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y
de las actuaciones del Tribunal se podrán formular impugnaciones por los/as interesados en los casos y forma establecido
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, así como, en su caso, en la Ley Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa."
Décimo primera. Tratamiento de datos.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento general de protección de datos, los datos aportados de las personas
seleccionadas, pasarán a formar parte de los ficheros del Ayuntamiento de Calamonte, con el fin de integrarse en los
sistemas de gestión e información y de los Recursos Humanos del Ayuntamiento.
Décimo Segunda. Publicación.
De acuerdo con el artículo 43.2 del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la
provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único las convocatorias con
las bases serán publicadas íntegramente en el Diario Oficial de Extremadura y en los boletines oficiales de las dos provincias.
Asimismo, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado en el que figurarán, en todo caso, el número de plazas que
se convocan y los Ayuntamientos a los que corresponden, la escala y categoría a la que pertenecen, el sistema de acceso y la
referencia a los diarios oficiales en los que la convocatoria esté publicada íntegramente.
Disposición final.
Las presentes bases están a disposición de las personas interesadas en su sede electrónica
https://calamonte.sedelectronica.es/ o en la página web municipal http://calamonte.org.
Calamonte, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Dolores María Enrique Jiménez.- El Secretario accidental, Serafín Martín
Puerto.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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