Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. (03749/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro de Día
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Llera
Anuncio 3749/2024
Por la Dirección del Centro se notificará personalmente a los interesados la adjudicación de la plaza, con indicación de la
fecha a partir de la cual se podrá hacer efectivo el ingreso y de la tasa a satisfacer.
Cuando por causas de fuerza mayor, debidamente acreditadas no pueda ser ocupada la plaza dentro del plazo establecido,
se podrá solicitar a los servicios sociales el aplazamiento del ingreso por un máximo de quince días a contar al siguiente al
de la notificación de la concesión.
Cuando la Dirección del Centro de Día, previa consulta con la Comisión de Participación, considere que no puede continuar
prestando el servicio a un usuario debido al deterioro de su salud, se resolverá el cese.
E.4. Pérdida de la condición de usuario.
a) Renuncia voluntaria a la plaza.
b) Ingreso en un Centro Residencial.
c) Incumplimiento de las obligaciones del usuario, o de sus familiares o cuidadores habituales establecidas en
el Reglamento de régimen interior del Centro.
d) Desarrollar síntomas psicóticos importantes y difícilmente controlables con medicación (comunicación
continua a gritos, comportamientos violentos para sí o para los demás, agitación intensa...).
e) Variaciones en su estado de salud o situación socio familiar presentando una situación de dependencia que
no pueda ser atendida por el Centro (encamados, sondados...).
f) Ausencia prolongada por mas de quince días naturales consecutivos o por faltas de asistencia injustificadas
durante mas de cuarenta u cinco días anuales.
g) Impago de dos mensualidades consecutivas.
h) Resolución expediente sancionador muy grave.
F.- SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN.
a) El sistema de participación de los usuarios en los órganos de gestión se concreta mediante la Asamblea
General, que se constituye por los usuarios del Centro y sus trabajadores, esto último con voz pero sin voto.
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria cuantas veces sean necesarias, a petición del 25% de los
residentes o socios.
b) La convocatoria de cada Asamblea se realizará por el Presidente de la misma o por el Director del Centro,
con una antelación mínima de siete días. Se hará pública en el tablón de anuncios del Centro, haciéndose
constar su carácter, la hora y el orden del día.
La Asamblea quedará formalmente constituida con la presencia de al menos el 10% de los socios o residentes
en primera convocatoria y en segunda, que necesariamente se realizará mediar hora después, cualquiera que
sea el número de asistentes.
c) Una vez reunida, se efectuará la oportuna elección del Presidente y del Vicepresidente de la Asamblea
General por el procedimiento de mano alzada, previa presentación de los candidatos a cada cargo. La
duración del mandato será de dos años o hasta que cause baja en el Centro alguno de sus miembros.
d) El acuerdo de la Asamblea se tomará por mayoría simple de los presentes.
e) En cada reunión de la Asamblea se levantará un acta donde figure:
1. Número de asistentes.
2. Desarrollo del orden del día.
3. Acuerdos tomados.
Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
f) Son facultades de la Asamblea General:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Por la Dirección del Centro se notificará personalmente a los interesados la adjudicación de la plaza, con indicación de la
fecha a partir de la cual se podrá hacer efectivo el ingreso y de la tasa a satisfacer.
Cuando por causas de fuerza mayor, debidamente acreditadas no pueda ser ocupada la plaza dentro del plazo establecido,
se podrá solicitar a los servicios sociales el aplazamiento del ingreso por un máximo de quince días a contar al siguiente al
de la notificación de la concesión.
Cuando la Dirección del Centro de Día, previa consulta con la Comisión de Participación, considere que no puede continuar
prestando el servicio a un usuario debido al deterioro de su salud, se resolverá el cese.
E.4. Pérdida de la condición de usuario.
a) Renuncia voluntaria a la plaza.
b) Ingreso en un Centro Residencial.
c) Incumplimiento de las obligaciones del usuario, o de sus familiares o cuidadores habituales establecidas en
el Reglamento de régimen interior del Centro.
d) Desarrollar síntomas psicóticos importantes y difícilmente controlables con medicación (comunicación
continua a gritos, comportamientos violentos para sí o para los demás, agitación intensa...).
e) Variaciones en su estado de salud o situación socio familiar presentando una situación de dependencia que
no pueda ser atendida por el Centro (encamados, sondados...).
f) Ausencia prolongada por mas de quince días naturales consecutivos o por faltas de asistencia injustificadas
durante mas de cuarenta u cinco días anuales.
g) Impago de dos mensualidades consecutivas.
h) Resolución expediente sancionador muy grave.
F.- SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN.
a) El sistema de participación de los usuarios en los órganos de gestión se concreta mediante la Asamblea
General, que se constituye por los usuarios del Centro y sus trabajadores, esto último con voz pero sin voto.
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria cuantas veces sean necesarias, a petición del 25% de los
residentes o socios.
b) La convocatoria de cada Asamblea se realizará por el Presidente de la misma o por el Director del Centro,
con una antelación mínima de siete días. Se hará pública en el tablón de anuncios del Centro, haciéndose
constar su carácter, la hora y el orden del día.
La Asamblea quedará formalmente constituida con la presencia de al menos el 10% de los socios o residentes
en primera convocatoria y en segunda, que necesariamente se realizará mediar hora después, cualquiera que
sea el número de asistentes.
c) Una vez reunida, se efectuará la oportuna elección del Presidente y del Vicepresidente de la Asamblea
General por el procedimiento de mano alzada, previa presentación de los candidatos a cada cargo. La
duración del mandato será de dos años o hasta que cause baja en el Centro alguno de sus miembros.
d) El acuerdo de la Asamblea se tomará por mayoría simple de los presentes.
e) En cada reunión de la Asamblea se levantará un acta donde figure:
1. Número de asistentes.
2. Desarrollo del orden del día.
3. Acuerdos tomados.
Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
f) Son facultades de la Asamblea General:
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