Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Vargas. (03616/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Higuera Pinta"
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Higuera de Vargas
Anuncio 3616/2024
i) Exámenes: El alumnado-trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a
exámenes, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un curso académico o profesional.
j) Consultas médicas: El alumnado-trabajador tendrá derecho a acudir a consulta médica (de cabecera o
especialista de la Seguridad Social), ausencia que se acreditará mediante la presentación de justificante en el
que figurarán las horas de ausencia y la firma y sello del médico correspondiente.
Artículo 15.- Normas generales.
1.- Toda ausencia al programa/proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia impida reincorporarse al programa/proyecto con normalidad
después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar el día o días que deba permanecer en reposo. De no ser así, se
considerará que se puede volver al programa/proyecto tras la consulta.
3.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a sepa con antelación que va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento del
equipo del programa/proyecto, además de aportar el justificante correspondiente.
4.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado y, sin
embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del programa/proyecto, podrá ser motivo
de sanción.
5.- Los viernes de cada semana se establecen como día final de entrega de justificantes de ausencias producidas a lo largo
de la semana.
6.- Todo el personal del programa/proyecto está obligado a ser puntual.
7.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son inexcusables en un
centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo directivo-docente velarán, por el buen uso de aulas,
instalaciones y material didáctico.
8.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al programa/proyecto. Si algún
familiar necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo directivo-docente por la
persona que busca y se le facilitará la comunicación.
9.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier otra actividad
organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO CUARTO: NORMAS DE SEGURIDAD
Artículo 16.- Seguridad laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos/trabajadores y del personal del programa/proyecto a la hora de manejar
los diferentes equipos y máquinas de su taller, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Está absolutamente prohibido el consumo de drogas ilegales y alcohol durante la jornada de trabajo, tenga
lugar o no en el recinto laboral. El consumo de dichas sustancias puede alterar a nivel cognitivo, emocional y
conductual y por lo tanto afectar a la ejecución de las tareas en condiciones de seguridad. La inobservancia de
este aspecto incurre en falta muy grave y conllevará o bien la suspensión de empleo y sueldo o la expulsión
del programa/proyecto, según se determine.
b) Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo: Tomar ciertos medicamentos por prescripción facultativa)
los alumnos no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al docente y presentar el
correspondiente justificante o informe médico y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la
situación es detectada por el personal técnico-docente, se procederá de igual manera.
c) El alumnado-trabajador deberá cumplir siempre la normativa de seguridad y salud relacionada con la
actividad que realicen, así como utilizar los equipos de protección individual y colectiva que se pongan a su
disposición y conservarlos en buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
d) El alumnado-trabajador no podrá utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin autorización expresa
de su monitor/a. Cuando se trate de actividades peligrosas o con cierto grado de dificultad, lo hará bajo la
supervisión directa del mismo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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i) Exámenes: El alumnado-trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a
exámenes, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un curso académico o profesional.
j) Consultas médicas: El alumnado-trabajador tendrá derecho a acudir a consulta médica (de cabecera o
especialista de la Seguridad Social), ausencia que se acreditará mediante la presentación de justificante en el
que figurarán las horas de ausencia y la firma y sello del médico correspondiente.
Artículo 15.- Normas generales.
1.- Toda ausencia al programa/proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia impida reincorporarse al programa/proyecto con normalidad
después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar el día o días que deba permanecer en reposo. De no ser así, se
considerará que se puede volver al programa/proyecto tras la consulta.
3.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a sepa con antelación que va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento del
equipo del programa/proyecto, además de aportar el justificante correspondiente.
4.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado y, sin
embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del programa/proyecto, podrá ser motivo
de sanción.
5.- Los viernes de cada semana se establecen como día final de entrega de justificantes de ausencias producidas a lo largo
de la semana.
6.- Todo el personal del programa/proyecto está obligado a ser puntual.
7.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son inexcusables en un
centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo directivo-docente velarán, por el buen uso de aulas,
instalaciones y material didáctico.
8.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al programa/proyecto. Si algún
familiar necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo directivo-docente por la
persona que busca y se le facilitará la comunicación.
9.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier otra actividad
organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO CUARTO: NORMAS DE SEGURIDAD
Artículo 16.- Seguridad laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos/trabajadores y del personal del programa/proyecto a la hora de manejar
los diferentes equipos y máquinas de su taller, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Está absolutamente prohibido el consumo de drogas ilegales y alcohol durante la jornada de trabajo, tenga
lugar o no en el recinto laboral. El consumo de dichas sustancias puede alterar a nivel cognitivo, emocional y
conductual y por lo tanto afectar a la ejecución de las tareas en condiciones de seguridad. La inobservancia de
este aspecto incurre en falta muy grave y conllevará o bien la suspensión de empleo y sueldo o la expulsión
del programa/proyecto, según se determine.
b) Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo: Tomar ciertos medicamentos por prescripción facultativa)
los alumnos no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al docente y presentar el
correspondiente justificante o informe médico y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la
situación es detectada por el personal técnico-docente, se procederá de igual manera.
c) El alumnado-trabajador deberá cumplir siempre la normativa de seguridad y salud relacionada con la
actividad que realicen, así como utilizar los equipos de protección individual y colectiva que se pongan a su
disposición y conservarlos en buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
d) El alumnado-trabajador no podrá utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin autorización expresa
de su monitor/a. Cuando se trate de actividades peligrosas o con cierto grado de dificultad, lo hará bajo la
supervisión directa del mismo.
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