Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cheles. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03628/2024)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Los Molinos II"
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Ayuntamiento de Cheles

Anuncio 3628/2024

3. Formular ante la dirección y personal docente cuantas iniciativas, sugerencias y reclamaciones estimen oportunas.
4. Una evaluación objetiva mediante criterios objetivos y públicos.
5. La adquisición de una formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un
puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación, y recibir orientación profesional para
conseguir el máximo desarrollo personal, profesional y social de acuerdo con sus capacidades, aspiraciones e
intereses.
6. Ser formados de acuerdo con unas adecuadas condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.
7. Elegir de forma democrática a sus representantes, encargados de hacer llegar al equipo directivo todas aquellas
cuestiones que consideren de interés. Dichos representantes no tendrán la condición de «Representante legal de los
trabajadores» recogido en el Estatuto de los Trabajadores en su Título II, Capítulo I: Del derecho de representación
colectiva, sino como mero transmisor entre sus compañeros y la dirección de este proyecto de aprendizaje y
cualificación profesional.
Artículo 5.- Deberes de los alumnos trabajadores y equipo docente:
Son deberes:
1. Asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, de acuerdo con las normas
de funcionamiento notificadas por la Dirección en función del proyecto aprobado por el Ayuntamiento y su
normativa de aplicación (duración del contrato, vacaciones remuneradas, jornada laboral, horario semanal,
descansos, etc.). La jornada laboral es de siete horas y media, de siete treinta a quince horas, donde se incluye un
descanso de treinta minutos para el desayuno.
2. Respetar la dignidad y funciones de cuantos trabajan en dicho programa.
3. Cumplir con las obligaciones del plan de formación y realizar de forma responsable las tareas que se derivan del
mismo.
4. Respetar los horarios y cumplirlos con puntualidad.
5. Participar activamente tanto en el trabajo como en las clases teóricas.
6. No discriminar por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
7. Cumplir las orientaciones dadas por la monitora o el tutor-coordinador.
8. Obligación de observar las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo.
9. Cumplir las presentes normas de régimen interno.
TÍTULO TERCERO.- NORMAS DE CONVIVENCIA
Artículo 6.- Faltas de asistencia
Las faltas de asistencia en el Proyecto Colaborativo Rural Ateneo "Los Molinos II", podrán ser justificadas o sin justificar. La
acumulación de estas últimas será causa de expulsión de este proyecto.
1. Faltas justificadas: Son aquellas que tienen su origen en circunstancias ajenas a la voluntad del alumnado/trabajador y
miembros del equipo docente que le impiden acudir a trabajar.
a) Por motivos de salud: Si por motivos de salud se produce una falta de asistencia, ésta debe acreditarse
mediante un justificante o parte de baja médica. La falta de asistencia durante la totalidad de la jornada
laboral por este motivo requiere la baja laboral o que el médico prescriba reposo domiciliario (máximo 3
días).
b) Permisos retribuidos: El trabajador podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por alguno
de los motivos contemplados en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores.
2. Faltas no justificadas: Son aquellas que no se encuentran en el apartado anterior, o que, estándolo, no se acreditan
documentalmente de la forma debida.
Las faltas no justificadas conllevarán, además de las medidas disciplinarias, el descuento en nómina para el trabajador.
3. Faltas de puntualidad: Se considera falta de puntualidad llegar a trabajar con cinco minutos de retraso. Tres faltas de
puntualidad equivalen a una falta sin justificar sin que se produzca su descuento en la nómina.
También se considerará falta de puntualidad el retraso tras los descansos.
Artículo 7.- Comportamientos y actitudes.
Los alumnos trabajadores y miembros del equipo docente han de mantener, dentro y fuera del proyecto, actitudes y
comportamientos respetuosos con sus compañeros, profesores y terceros (vecinos, proveedores, técnicos, etc.) en general,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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