Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03625/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de viviendas de emergencia social
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Ayuntamiento de Valdelacalzada

Anuncio 3625/2024

En todo lo relativo a la calificación de las infracciones a la presente Ordenanza, así como a la determinación de las sanciones
que por las mismas corresponda en cada caso, se aplicará en régimen regulado en el artículo 58 y 59 del Real Decreto
Legislativo 781/86, de 18 de abril, y subsidiariamente de la Ley General Tributaria y las disposiciones que la complementen y
desarrollan.
Disposición adicional.En lo no previsto en la presente Ordenanza fiscal estará a lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por la Ley General Tributaria, así
como en las normas y demás disposiciones que las desarrollen o complementen.
Disposición final.La presente Ordenanza, entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en
vigor hasta su modificación o derogación expresa.»
Contra el acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En Valdelacalzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Javier Hormigo Oliva.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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