Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03627/2024)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de enseñanzas especiales en establecimientos docentes
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 3627/2024
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de
enseñanzas especiales en establecimientos docentes

APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL
"Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de enseñanzas especiales en establecimientos docentes".
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria en fecha 7 de
junio de 2024, de aprobación inicial de la "modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del
servicio de enseñanzas especiales en establecimientos docentes", por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a
la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, para que el mismo pudiera ser examinado y poder
presentar las reclamaciones y sugerencias que se consideren oportunas.
Y resultando que finalizado el referido plazo de exposición al público, no se han presentado reclamaciones o sugerencia
alguna, se considera definitivamente aprobado dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por lo que se procede a su publicación de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Los preceptos afectados por la modificación aludida son los siguientes:
ANEXO:
TARIFAS APROBADAS
Clases de Música:
Matrícula del curso: 9,00 euros
Mensualidades:
Lenguaje musical: 10,00 euros
Lenguaje musical + instrumento+ coro: 26,00 euros
Clase de instrumento: 20,00 euros
Escuela Municipal Infantil (EMI): 18,00 euros
EXENCIONES Y BONIFICACIONES
a) Exenciones: Estarán exentos del pago de la tasa, en los siguientes casos:
1. Los niños que se encuentren sujetos a medidas de protección de menores recogidas en el Código Civil, la Ley 5/1987,
de 23 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, así como la Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y
Atención a Menores en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Las familias numerosas que cuenten con más de tres hijos a su cargo en edad escolar, y que tengan unas rentas
familiares menores, en su conjunto a dos veces el salario mínimo interprofesional.
3. Otros casos excepcionales debidamente acreditados y aceptado por el Pleno de la Corporación municipal.
b) Reducciones:

Las personas que reciban clases por un segundo instrumento, abonarán mensualmente
Mensualidad por segundo miembro de la unidad familiar matriculado

15,00 euros
20% de descuento

Se aplicará una reducción del 50% en la cuota mensual a satisfacer, en los siguientes casos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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