Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03556/2024)
Bases de la convocatoria de una plaza vacante de funcionario/a de Técnico/a Superior Gestión Tributaria, por promoción interna
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 3556/2024

respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la correcta, basadas en el temario
anexo.
Cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,1 puntos, no
puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a
las preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la
publicación de la plantilla de respuestas, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a
contar desde el siguiente a la publicación de dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán
presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas" habilitado en la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz: Trámites ciudadanos y empresas/trámites por
delegaciones/Recursos Humanos y Régimen Interior.
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en contestar a tres supuestos prácticos, de
entre cinco propuestos, durante un tiempo máximo de dos horas, referentes al contenido del
temario anexo, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia
a la plaza objeto de la convocatoria. La puntuación global del ejercicio será la media de la
puntuación obtenida en las tres preguntas seleccionadas por la persona aspirante, calificadas
sobre 10 puntos. Cada supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se
establezca en el mismo.
En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de
aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación. Cuando se valoren con la
media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán en todo caso,
las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En
el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se
eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
El temario está recogido en el anexo a la presente convocatoria. La normativa que expresamente se cita se
considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el
Tribunal de Selección, la normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético,
comenzando por la persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "W" de conformidad con la
resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 29-07-2023).
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la
realización de ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la Diputación de Badajoz, sus
Organismos Autónomos o Consorcios.
b) Fase de concurso (hasta un máximo de 6 puntos). Finalizada la fase de oposición, tal y como se ha indicado
en la base cuarta, el Tribunal de Selección publicará anuncio concediendo a las personas aspirantes que han
superado dicha fase, un plazo de 10 días hábiles para presentar a través de registro, y dirigido al Área de
Recursos Humanos y Régimen Interior de Diputación de Badajoz, en original o copia auténtica, documentos
acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso. Se valorarán exclusivamente servicios
prestados en la administración pública en plaza igual a la ofertada:
- Hasta 3 puntos, por servicios prestados en la administración pública en el grupo desde el que
se promociona para optar a las plazas ofertadas. Se concederán 0,05 puntos por mes de
servicio efectivo, computándose hasta un máximo de sesenta meses, acumulando todos los
periodos y despreciándose la fracción final resultante inferior al mes. Los servicios prestados
en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente.
Los servicios prestados en otras administraciones, en el mismo grupo desde el que se
promociona, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios
previos en la Administración Pública, se acreditarán mediante la aportación por el interesado
de certificación expedida por el órgano competente de la administración donde se hayan
prestado los mismos y cualquier otra documentación justificativa de los servicios prestados.
- Hasta 2 puntos, por haber realizado cursos de formación, concediéndose 0,01 puntos por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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