Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03514/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro de Día de Mayores de La Garrovilla
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Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 3514/2024

La convocatoria la realizará el Presidente con una antelación mínima de 72 horas, señalando el orden del día, lugar y hora de
la reunión, debiéndose reunión una vez por semestre.
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de empate el voto del Presidente.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los asistentes a la reunión, desarrollo del orden del día y acuerdos
tomados.
La Comisión se reunirá, cuantas veces se considere necesario, a petición de alguno de los miembros, debiendo formular
éste, la petición por escrito y dirigida al Presidente de la Comisión de Participación, haciendo referencia el tema a tratar.
En el caso de convocatoria con carácter extraordinario, el/la Presidente/a de la Comisión deberá convocar la misma en la
semana siguiente a recibir la petición.
5.-SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN.
El sistema de participación de los usuarios en los órganos de gestión se concreta mediante la Asamblea General, que se
constituye por los usuarios del Centro y sus trabajadores, estos últimos con voz pero sin voto, teniendo en cuenta lo
siguiente:
1. La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria cuantas veces sean necesarias, a petición del 25% de
los residentes o socios.
2. La convocatoria de cada Asamblea se realizará por el Presidente de la misma o por el Director del Centro,
con una antelación mínima de siete días. Se hará pública en el tablón de anuncios del Centro, haciéndose
constar su carácter, la hora y el orden del día.
3. La Asamblea quedará formalmente constituida con la presencia de al menos el 10% de los socios o
residentes.
4. Una vez reunida, se efectuará la oportuna elección del Presidente y del Vicepresidente de la Asamblea
General por el procedimiento de mano alzada, previa presentación de los candidatos a cada cargo. La
duración del mandato será de cinco años o hasta que cause baja en el Centro alguno de sus miembros.
5. Los acuerdos de la Asamblea se tomarán por mayoría simple de los presentes.
6. En cada reunión de la Asamblea se levantará un acta donde figure: número de asistentes, desarrollo del
orden del día y acuerdos tomados.
7. Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
8. Son facultades de la Asamblea General:
1) Adoptar los acuerdos pertinentes en materia de premios y sanciones.
2) Acordar por mayoría de 2/3 la renovación de los cargos de la Asamblea, siempre que medie
causa justificada.
3) Planteamiento y resolución de posibles problemas que pudieran surgir en el Centro, con el
objeto de procurar y mejorar el buen funcionamiento del Centro.
4) Elaborar un acta o informe sobre el funcionamiento del Centro.
5) Velar por unas relaciones de convivencia participativa y democrática entre los usuarios.

6.- SISTEMA DE RECOGIDA DE SUGERENCIAS-RECLAMACIONES Y CANALIZACIÓN Y RESOLUCIÓN.
El sistema de recogida de sugerencias, canalización y resolución de quejas y reclamaciones, se llevará a cabo de forma
directa:
1. Mediante un buzón de sugerencias y quejas, que será atendido y puesto en conocimiento de la Dirección
del Centro, quien resolverá.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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