Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (03544/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio del centro de educación infantil y derogación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio del centro de educación infantil
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio del centro de
educación infantil y derogación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio del centro de
educación infantil

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL
El Pleno del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de mayo de 2024, acordó la
aprobación provisional de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de centro de educación
infantil y la aprobación provisional de la derogación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de
centro de educación infantil.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada quedando derogada la Ordenanza
reguladora de la tasa por la prestación del servicio de centro de educación infantil y quedando aprobada definitivamente la
Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de centro de educación infantil, cuyo texto íntegro se
hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
"ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las competencias locales reconocidas por el artículo 142 de la Constitución y según lo establecido en los artículos
105 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las haciendas locales se dotarán de recursos
suficientes para el cumplimiento de sus fines.
El artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, señala que "las entidades locales podrán establecer precios públicos por la prestación
de servicios o la realización de actividades de la competencia de la entidad local, siempre que no concurra ninguna de las
circunstancias especificadas en el artículo 20.1.B) de esta ley".
Artículo 2. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible del precio público la prestación del servicio de centro infantil en las instalaciones designadas
y adecuadas para ello, tendente a mejorar la atención socio-educativa a niños/as menores de 3 años y que será prestada por
personal que posea la titulación y/o cualificación exigida legal y/o reglamentariamente.
Artículo 3. Obligados al pago.
1.- Están obligados al pago del precio público regulado en este acuerdo, los solicitantes de la prestación del
servicio, que lo serán en todo caso padre, madre o tutor legal del menor de edad que resulte receptor del
servicio.
2.- En relación con la responsabilidad solidaria y subsidiaria del precio público, se estará a lo establecido en
los artículos 41, 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 4. Solicitud de servicio, inasistencia por enfermedades y periodo de adaptación.
1.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento.
2.- El número de plazas del Centro de Educación Infantil está limitado. El proceso de escolarización se regirá
por la resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional,
por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación
Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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