Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (03438/2024)
Modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario 2024
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 3438/2024

IV
Esta modificación ha sido objeto de negociación en la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, ratificada en la
Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de este Ayuntamiento, con el voto a favor de las organizaciones
sindicales UGT y CCOO y en contra de CSIF. Posteriormente, se ha sometido a aprobación por el Pleno de la Corporación, en
el ejercicio de su potestad organizativa.
Artículo primero.- Modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario para el año 2024. Esta
modificación, conforme a la justificación contenida en el preámbulo, comporta los cambios que se detallan a continuación:
Uno.- Reducción de la tasa de temporalidad.
La necesidad de continuar con las medidas de reducción de la tasa de temporalidad incluso en aquellas actividades en las
que los servicios son prestados a través de la ejecución de programas financiados por otras administraciones públicas, dada
su dilatada permanencia en el tiempo, convierten determinados puestos en estructurales lo que comporta la necesidad de
crear las correspondientes plazas de plantilla.
Medida en conjunción con lo dispuesto por la resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función
Pública por la que se publica el "acuerdo marco para una administración del siglo XXI" y que en su apartado séptimo insta a
las administraciones públicas a dar respuesta a las necesidades de la sociedad actual. Partiendo del reconocimiento y la
profesionalidad a su personal, para lo que deberán disponer de un conjunto de personas adecuadamente dimensionado,
cualificado, motivado, profesionalizado y comprometido con la vocación de servicio público, que presten esos servicios
conforme al actual estándar de rendición de cuentas y con capacidad para dar soluciones rápidas y respuestas a los nuevos
desafíos.
Para ello aconsejaba, en las ofertas de empleo para el año 2023, contribuir a la recuperación de empleo público perdido, el
rejuvenecimiento de las plantillas, así como para atender demandas de urgencia en plantillas deficitarias, fomentando la
creación de empleo neto en el ámbito de las administraciones públicas, teniendo en cuenta factores como la edad y
proyección de jubilación de la plantilla o la puesta en marcha de nuevos servicios o ampliación de los existentes.
Además, con la finalidad de reducir la temporalidad en el empleo público por debajo del 8 por ciento de las plazas de
naturaleza estructural, determinaba que cada administración podría autorizar, con carácter extraordinario, una tasa
específica adicional para dar cumplimiento al objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Mandato que se incorporó en el apartado 2.4 del artículo 20 de
la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del año 2023.
En virtud de lo anterior y al amparo de lo dispuesto por los artículos 134.4 de la constitución y 38 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria debe considerarse prorrogado el precepto citado de la Ley de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2024 al no contener una regulación, exclusivamente, referida a ese año, sirviendo como inspiradores
las medidas contenidas en el resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública.
Por todo lo expuesto, se acometen las siguientes medidas urgentes de reducción de empleo temporal que, tras los
pertinentes ajustes, conllevarán la incorporación y retención de talento.
1.ª.- Se crean 5 puestos de trabajador social para el servicio de prestación de información, valoración y
orientación reconocidos por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para los servicios sociales de atención
social básica prestados por este Ayuntamiento.
El primero ocupado desde el año 2019 y que, en su momento, no cumplió los requisitos para estabilización de
empleo temporal y los otros 4 por ampliación de servicios existentes (3 puestos ocupados desde el año 2021 y
un 4 desde 2023).
Puestos que tendrían carácter de estructurales, al igual que otros 6 puestos con los que cuenta este
Ayuntamiento para el mismo servicio, distribuidos entre la plantilla de personal funcionario y laboral fijo.
Todo ello en consideración a lo dispuesto por la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública
sobre las orientaciones para la puesta de marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley
20/2021, de 28 de diciembre. Que determina que, con carácter general, estas plazas se corresponderán con
aquellas destinadas al ejercicio de competencias propias de la administración correspondiente. No obstante,
para la Administración Local, considera este carácter estructural el referido al ejercicio de competencias
delegadas a través del instrumento jurídico oportuno.
2.ª.- Se crean 2 puestos de psicólogos, uno de técnico medio de ciudades saludables y sostenibles y un técnico
medio de turismo, todos subvencionados por la Junta de Extremadura, y que, en su día, no cumplieron el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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