Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. (03409/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Enfermero/a del centro residencial
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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https://olivafrontera.sedelectronica.es/info.0, así como en el Boletín Oficial de la Provincia al publicar la lista definitiva de
admitidos y excluidos.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación de
defecto u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de
dicha Jurisdicción.
En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición del Tribunal Calificador. La publicación de
la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el BOP de Badajoz será determinante de los plazos a efectos de posibles
impugnaciones o recursos.
3.3. Documentación a aportar junto a la solicitud.
Junto a la instancia de participación en la presente convocatoria, en la forma que figura en el anexo II de la
presente, las personas aspirantes deberán presentar a través de los medios referidos anteriormente, la
siguiente documentación:
– Fotocopia o copia básica del Documento Nacional de Identidad.
– Fotocopia o copia básica de la titulación exigida en la presente convocatoria.
– En el caso de personas con discapacidad. Dictamen Técnico Facultativo que acredite el grado
de discapacidad correspondiente, y en su caso, Informe Médico que acredite la necesidad de
adaptaciones de tiempo y/o medios. Y en todo caso, certificado que acredite la capacidad
funcional para el puesto a desempeñar.
- Documentación acreditativa de los méritos de la fase de concurso.

La falta de presentación de los documentos indicados en el apartado anterior determinará la inadmisión de la instancia
presentada.
Cuarta. Admisión de las personas aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria, con indicación de las
causas de exclusión en cada caso y el lugar donde se encuentran expuestas al público las listas certificadas de
aspirantes admitidos y excluidos; otorgando un plazo de 10 días naturales a partir de la publicación de la
misma en el Boletín Oficial de la Provincia; bien para la presentación de reclamaciones, bien para la
subsanación de errores materiales en la instancia de participación de conformidad a Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes que dentro del plazo conferido al efecto no subsanen la causa de exclusión o no
aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas aspirantes admitidas
serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
4.2. Finalizado el plazo de subsanación, se dictará nueva resolución por órgano competente elevando a
definitivo el listado provisional de personas aspirantes, o mediante su enmienda ante eventuales
reclamaciones a la misma; siendo objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia junto al tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera pudiendo albergar la misma la composición del Tribunal
de selección y el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la convocatoria.
Quinta. Tribunal de selección.
5.1. El Tribunal de selección será designado por resolución de órgano competente, de composición colegiada,
deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesional de sus miembros, debiendo todos ellos
poseer un nivel de titulación igual o superior a la exigida en la presente convocatoria.
5.2. El procedimiento de actuación del Tribunal de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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