Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03373/2024)
Bases para la provisión por el procedimiento concurso específico de méritos del puesto Jefe/a de Sección Centro de Estudios Extremeños perteneciente al Área de Cultura, Deportes y Juventud de la Diputación de Badajoz
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
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Asimismo, en el caso de que la persona interesada se encuentre en la situación de servicios
especiales, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al
servicio activo.
3. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo
puesto, y siempre que no se incumpla por causa imputable al/a interesado/a.
Décima. Destinos.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se
hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Undécima. Supletoriedad.
Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura, en el decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá
interponerse por la/s persona/s interesada/s legitimada/s uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto
recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz que corresponda, dentro del plazo de 2 meses contados desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por la/s
persona/s interesada/s los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
_____________
ANEXO I
Denominación Nivel
del puesto
C.D.
J. Secc. Centro
Estudios
Extremeños
24
FP
C.E.
REQUISITOS
Admón. Subgrupo Esc Requisitos Formación Observaciones
plaza
específica
CEM 15.785,62
A3
A1/A2
AE
E.D.
*El importe del CE es relativo a 14 pagas anuales.
ABREVIATURAS:
CD: Complemento de Destino.
CE: Complemento Especifico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Asimismo, en el caso de que la persona interesada se encuentre en la situación de servicios
especiales, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al
servicio activo.
3. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo
puesto, y siempre que no se incumpla por causa imputable al/a interesado/a.
Décima. Destinos.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se
hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Undécima. Supletoriedad.
Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura, en el decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá
interponerse por la/s persona/s interesada/s legitimada/s uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto
recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz que corresponda, dentro del plazo de 2 meses contados desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por la/s
persona/s interesada/s los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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ANEXO I
Denominación Nivel
del puesto
C.D.
J. Secc. Centro
Estudios
Extremeños
24
FP
C.E.
REQUISITOS
Admón. Subgrupo Esc Requisitos Formación Observaciones
plaza
específica
CEM 15.785,62
A3
A1/A2
AE
E.D.
*El importe del CE es relativo a 14 pagas anuales.
ABREVIATURAS:
CD: Complemento de Destino.
CE: Complemento Especifico.
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