Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03382/2024)
Bases para la provisión del puesto de Administrativo adscrito a Secretaría por el sistema de concurso de méritos
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Ayuntamiento de Llerena
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e) Estar en situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa.
No obstante, no podrán participar en el presente concurso los funcionarios declarados en suspensión firme
de funciones mientras dure la suspensión, así como los excedentes voluntarios por interés particular o por
agrupación familiar durante los dos años de permanencia obligatoria en dichas situaciones. Los funcionarios
en las situaciones administrativas de excedencia para el cuidado de familiares y de servicios especiales, sólo
podrán participar si en la fecha de la finalización del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos
años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido. Los funcionarios que hayan accedido
a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que
desempeñaban, se les computará el tiempo de servicio prestado en dicho puesto a efectos de la permanencia
de dos años en destino definitivo. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del
mismo o distinto Grupo o Subgrupo solo podrán participar en el presente concurso desde uno de ellos.
f) Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias.
3.1.- A efectos de ser admitidos en el proceso, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
a) Instancia solicitando tomar parte en el presente proceso de provisión definitiva del puesto vacante
conforme al modelo que aparece en el anexo I de estas bases, en la harán constar que reúnen los requisitos
exigidos en la base segunda.
Las instancias se facilitarán a quienes lo interesen en el Registro General del Ayuntamiento de Llerena e
igualmente estarán a disposición de los interesados en el tablón electrónico de la sede electrónica del
Ayuntamiento (https://sede.llerena.es/).
b) Copia auténtica del DNI o pasaporte en vigor o documento equivalente para los aspirantes no nacionales.
c) Justificante del pago de derechos de examen: Se fija en la cantidad de 15,00 euros y se ingresarán en la c/c
núm. ES49 0030 5030 87 0870017271 de BSCH, indicando "Proceso provisión concurso puesto de Personal
Administrativo adscrito a Secretaría (I)".
En el justificante de ingreso deberá reflejarse nombre y apellidos y DNI/pasaporte/documento equivalente y
habrá de estar validado o sellado por la entidad bancaria. Solo se devolverá en caso de no ser admitido en el
proceso de provisión.
d) Copia auténtica de la titulación académica exigida en la base segunda.
e) Copia auténtica de los documentos acreditativos de los méritos alegados a valorar en el concurso, de
conformidad con lo previsto en la base sexta. La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá causa de
exclusión del concurso, suponiendo, únicamente, su no valoración.
3.2.- Lugar de presentación de solicitudes: Los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Llerena que deseen participar
en esta convocatoria lo solicitarán a través de instancia presentada por medios electrónicos de acuerdo a lo prescrito en los
artículos 14.2. e) y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes (anexo I) requiriendo tomar parte en el proceso referenciado se presentarán por las personas interesadas en
el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.
3.4.- Los funcionarios participantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la presente base
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución dentro del plazo máximo de diez (10) días
hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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e) Estar en situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa.
No obstante, no podrán participar en el presente concurso los funcionarios declarados en suspensión firme
de funciones mientras dure la suspensión, así como los excedentes voluntarios por interés particular o por
agrupación familiar durante los dos años de permanencia obligatoria en dichas situaciones. Los funcionarios
en las situaciones administrativas de excedencia para el cuidado de familiares y de servicios especiales, sólo
podrán participar si en la fecha de la finalización del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos
años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido. Los funcionarios que hayan accedido
a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que
desempeñaban, se les computará el tiempo de servicio prestado en dicho puesto a efectos de la permanencia
de dos años en destino definitivo. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del
mismo o distinto Grupo o Subgrupo solo podrán participar en el presente concurso desde uno de ellos.
f) Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias.
3.1.- A efectos de ser admitidos en el proceso, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
a) Instancia solicitando tomar parte en el presente proceso de provisión definitiva del puesto vacante
conforme al modelo que aparece en el anexo I de estas bases, en la harán constar que reúnen los requisitos
exigidos en la base segunda.
Las instancias se facilitarán a quienes lo interesen en el Registro General del Ayuntamiento de Llerena e
igualmente estarán a disposición de los interesados en el tablón electrónico de la sede electrónica del
Ayuntamiento (https://sede.llerena.es/).
b) Copia auténtica del DNI o pasaporte en vigor o documento equivalente para los aspirantes no nacionales.
c) Justificante del pago de derechos de examen: Se fija en la cantidad de 15,00 euros y se ingresarán en la c/c
núm. ES49 0030 5030 87 0870017271 de BSCH, indicando "Proceso provisión concurso puesto de Personal
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En el justificante de ingreso deberá reflejarse nombre y apellidos y DNI/pasaporte/documento equivalente y
habrá de estar validado o sellado por la entidad bancaria. Solo se devolverá en caso de no ser admitido en el
proceso de provisión.
d) Copia auténtica de la titulación académica exigida en la base segunda.
e) Copia auténtica de los documentos acreditativos de los méritos alegados a valorar en el concurso, de
conformidad con lo previsto en la base sexta. La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá causa de
exclusión del concurso, suponiendo, únicamente, su no valoración.
3.2.- Lugar de presentación de solicitudes: Los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Llerena que deseen participar
en esta convocatoria lo solicitarán a través de instancia presentada por medios electrónicos de acuerdo a lo prescrito en los
artículos 14.2. e) y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes (anexo I) requiriendo tomar parte en el proceso referenciado se presentarán por las personas interesadas en
el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.
3.4.- Los funcionarios participantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la presente base
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución dentro del plazo máximo de diez (10) días
hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón
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