Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03379/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de un puesto de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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d) De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el apartado
titulaciones académicas.
e) De continuar el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado docencia.
f) De seguir persistiendo el empate, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en
el apartado condecoraciones.
g) De continuar el empate y se hubieran incluido en la convocatoria la valoración de méritos
específicos, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en dicho apartado.
h) De persistir el empate este se resolverá en favor de aquella persona que mayor puntuación
obtenga aplicando todos los criterios de valoración sin límite máximo de puntos por cada
criterio.
i) Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con menor
presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando este no
represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
5. Previamente a su nombramiento, los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración, dentro del
plazo de 20 días hábiles desde que se publica en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de
anuncios, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base
segunda de la convocatoria.
6. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o
de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
7. Cumplido el trámite de acreditación de los méritos, por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, se
resolverá el concurso mediante decreto que se motivará en la observancia de la normativa vigente, las bases
generales y las de la convocatoria que vinculan por igual a la administración y a las/os participantes, así como
la valoración final de los méritos de las/os candidatas/os, el cual contendrá igualmente la relación de las/os
aspirantes que hayan obtenido destino y de los puestos que les hayan sido adjudicados y la valoración final
de los méritos, y dispondrá su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, agotando dicho acto la vía
administrativa.
8. El plazo para la resolución de la convocatoria correspondiente será de 6 meses contados desde el día
siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
9. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan las condiciones
y requisitos exigidos en la convocatoria.
Octava. Toma de posesión.
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de 3 días hábiles, si no implica cambio de
residencia de la/del funcionaria/o, o de 10 días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá
justificarse.
2. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al de la notificación de la
resolución, salvo en el supuesto de que la/el interesada/o tuviera concedidas vacaciones, permisos o licencias,
en cuyo caso el cómputo se iniciará cuando estas finalicen. No obstante, por causas excepcionales y
debidamente motivadas por el órgano competente, se podrá suspender el disfrute de los mismos.
3. Asimismo, en el caso de que la/el interesada/o se encuentre en la situación de servicios especiales, el
cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al servicio activo.
4. Atodos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo puesto, y siempre
que no se incumpla por causa imputable a la/al interesada/o.
Novena. Destino.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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