Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03197/2024)
Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 3197/2024

las pruebas selectivas convocadas para el acceso a su condición de contratado laboral fijo.
c. El personal que no supere dichas pruebas o decidiera permanecer en régimen laboral se mantendrá en el
mismo puesto de trabajo que venía desempeñando con carácter de "a extinguir", sin menoscabo de su
derecho a la promoción profesional o su traslado a otros puestos.
d. Se garantizará la participación sindical, en las convocatorias y procesos de funcionarización en su totalidad,
por medio de un representante de cada Central Sindical firmante del convenio.
e. Se tendrá como referencia la Orden de 5 de diciembre de 1995, de la Consejería de Presidencia y Trabajo
de la Junta de Extremadura."
No obstante lo recogido en el convenio colectivo (que es del año 2004) y siendo el sistema de fuentes del personal laboral de
los ayuntamientos: 1.º TREBEP- Ley 13/2015 LFPEx, 2.º ET, 3.º Convenio Colectivo y 4.º Contrato de Trabajo, el sistema
selectivo para la promoción interna cruzada o proceso de funcionarización sería el del concurso-oposición de la mencionada
disposición transitoria segunda del TREBEP.
Por todo ello se hace necesario y con el fin pretendido, aprobar el presente Plan de Ordenación de RR. HH.
Aprobado el PORHH, también es obligatorio aprobar y publicar otro eslabón en la regularización de los RR. HH. del
Ayuntamiento, la correspondiente oferta de empleo público, como otro instrumento de planificación de los mismos, que
contemple dichas plazas de carácter funcionarial y fuera del juego de la tasa de reposición de efectivos, como excepción
permitida por las anteriores LPGE y en la última el artículo 20.dos b) 4 de la Ley 31/2022.
Y asimismo para culminar todo lo anterior ser requiere el posterior desarrollo del correspondiente proceso selectivo,
mediante la publicación de la convocatoria con las bases, todo ello presidido por los principios constitucionales y legales que
informan la función pública, entre ellos la igualdad, el mérito, la capacidad y la publicidad.
Por todo ello se hace necesario y con el fin pretendido, aprobar el presente Plan de Ordenación de RR. HH.
En Navalvillar de Pela, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Javier Fernández Cano.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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