Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia del Mombuey. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03188/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento interno del Programa Colaborativo Rural "Nijata"
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Ayuntamiento de Valencia del Mombuey
Anuncio 3188/2024
b) Jurisdicción competente.- La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que conciernen a
las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad Promotora y los alumnos/trabajadores, así como entre ésta
y los integrantes del Equipo Formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado por el Pleno de la Corporación, y
publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo del Programa de Formación y Empleo
"Programa Colaborativo Rural "Nijata"", todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/Reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento del Tutor/a-Coordinador/a del
Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"", podrá acordar las modificaciones que se estimen
convenientes al presente Reglamento Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su aprobación, y observancia de
las disposiciones legales vigentes.
Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se
produzca durante su vigencia en la normativa que regula la materia.»
En Valencia del Mombuey, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Fdo.- Manuel Naharro Gata.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Jurisdicción competente.- La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que conciernen a
las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad Promotora y los alumnos/trabajadores, así como entre ésta
y los integrantes del Equipo Formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado por el Pleno de la Corporación, y
publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo del Programa de Formación y Empleo
"Programa Colaborativo Rural "Nijata"", todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/Reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento del Tutor/a-Coordinador/a del
Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural "Nijata"", podrá acordar las modificaciones que se estimen
convenientes al presente Reglamento Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su aprobación, y observancia de
las disposiciones legales vigentes.
Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se
produzca durante su vigencia en la normativa que regula la materia.»
En Valencia del Mombuey, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Fdo.- Manuel Naharro Gata.
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