Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03083/2024)
Corrección de error en edicto publicado el 21 de mayo de 2024 sobre la modificación de las bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 3083/2024

participación: 0,10 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra Administración Pública en
plazas pertenecientes a los mismos cuerpos, escalas y categorías que las plazas que
constituyen el objeto de la presente convocatoria, hasta plazo de finalización de solicitudes de
participación: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto.

A efectos de las presentes bases, los meses se considerarán de 30 días.
Los servicios prestados se justificarán mediante documento expedido por la Administración Pública correspondiente, a
excepción de los prestados en el Ayuntamiento de Castuera, en que se realizará de oficio.
5.º.- Visto donde dice:
Décimo primera.
CONCURSO-OPOSICION (BASE 6.ª)
Constituye, además el objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de
selección de concurso-oposición, de las plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de
Castuera, que se relacionan a continuación, incluidas en la oferta excepcional de empleo público por la que se articulan los
procesos de estabilización de empleo temporal previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público.
1. Arquitecto/a:
b) Formación (máximo 2 puntos).
Méritos académicos u otros méritos, se valorarán con un máximo de 2 puntos:
a) Titulación distinta o superior a la requerida relacionada con las funciones a desempeñar: Se
valorará con un máximo de 2 puntos.
El candidato deberá aportar copia del título o copia del certificado de equivalencia emitido por
el Ministerio competente junto con la presentación de la solicitud.
b) Cursos de formación, se valorará con un máximo de 2 punto.

Por cursos, másteres, congresos y jornadas organizados por entidades públicas, colegios profesionales y organizaciones
sindicales, directamente relacionados con las funciones de las plazas objeto de la presente convocatoria (incluidos los
relacionados con las materias específicas de la plaza, así como los relacionados con materias de igualdad, nuevas
tecnologías y prevención de riesgos laborales): 0,10 puntos por cada crédito o 10 horas de formación, tanto impartida como
recibida, hasta un máximo de 2 puntos.
La formación se justificará mediante certificación de la entidad organizadora o copia compulsada del diploma de asistencia.
La fecha de referencia para el cómputo de los méritos alegados por los aspirantes será la de la finalización del plazo de
solicitudes de participación.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos según el
orden establecido en la presente base sexta.
Autobaremación de méritos: Anexo V.
Debe decir:
Décimo primera.
CONCURSO-OPOSICION (BASE 6.ª)
Constituye, además el objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 24