Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03090/2024)
Corrección de edicto publicado el 27 de diciembre de 2022 sobre bases de la convocatoria de los procedimientos selectivos consecuencia de la oferta extraordinaria de empleo público para los procesos de estabilización
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Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 3090/2024

Identificador de
plaza
OEP-Extr-83

Puesto

Grupo

Conductor

E

Tipo de procedimiento de selección
incluido en virtud de la DA6ª de la MURTEP –
CONCURSO

Plazas vacantes por concurso-oposición:

Identificador de la
plaza

Puesto

Grupo

Tipo de procedimiento de selección

OEP-Extr-

Arquitecto

A1

incluido en virtud del artículo 2 de la MURTEP –
CONCURSO-OPOSICIÓN

OEP-Extr-

Profesor escuela de músicaespecialidad saxofón

A2

incluido en virtud del artículo 2 de la MURTEP –
CONCURSO-OPOSICIÓN

1.1. Las plazas están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a los grupos/subgrupos
consignados en la relación anterior, según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los niveles de
complemento de destino asimismo consignados en dicha relación y demás retribuciones complementarias
asignadas a los puestos a que se adscriban, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga
acordado o pueda acordar.
Además, las plazas estarán sujetas a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
1.2. En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones
vigentes en materia de Régimen Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; siendo
de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y demás normas
concordantes.
1.4. Todo ello de conformidad con lo previsto en la siguiente normativa:
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
medidas para la reforma de la Función Pública.
Real Decreto Legislativo, 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores.
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del
personal al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
Artículo 2 y la disposición adicional primera, cuarta, sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración
Local.
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (en lo que
sean aplicables.
Convenio colectivo del personal laboral/acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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