Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02940/2024)
Bases para la selección de una plaza acogida al Plan de Activación Local de Empleo y financiada con el Plan Provincial de Empleo de la Diputación de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Medellín
Anuncio 2940/2024
Quinta.- Funciones y características del puesto.
Las propias del puesto a desempeñar.
Quinta.- Presentación de solicitudes y listado de admisión.
En el plazo de cinco días hábiles a partir del día de publicación en el BOP los aspirantes podrán presentar instancia según
modelo anexo I, a la que acompañarán la documentación acreditativa de la titulación exigida, fotocopia del DNI y
documentación acreditativa para la comprobación de las situaciones contempladas a efectos de grupos prioritarios.
Una vez presentadas las solicitudes se publicará un listado provisional de admitidos a efectos de subsanaciones.
Todas las publicaciones relacionadas con el procedimiento selectivo se publicarán en el tablón físico del Ayuntamiento y en
la sede electrónica del Ayuntamiento de Medellín.
Sexta.- Procedimiento selectivo.
El procedimiento selectivo se realizará por el procedimiento de oposición libre, mediante la realización de una prueba
consistente en un cuestionario tipo test relacionada con el temario que a continuación se expone. Será requisito alcanzar un
mínimo de 5 puntos para superar la prueba.
Una vez realizada la prueba, con aquellos aspirantes que la hayan superado, se priorizará los siguientes colectivos en riesgo
de exclusión social conforme al Plan de Activación de Empleo aprobado en Pleno de 5 de octubre de 2022 (BOP de 14 de
octubre de 2022). De tal manera, que se establece la contratación preferente de personas de un grupo anterior al de un
grupo posterior por este orden:
Personas jóvenes (hasta 35 años).
Mujeres.
Personas en situación de paro de larga duración (según criterio del SEXPE).
Personas con discapacidad (téngase en cuenta que una plaza de limpieza es específica para personas con
discapacidad).
Inmigrantes.
Demandantes de empleo en general.
En los supuestos de empate dentro de un mismo grupo se resolverá por el tiempo de desempleo según orden del SEXPE.
Octava.- Tribunal.
El Tribunal estará compuesto por:
Presidente: Un funcionario del Ayuntamiento.
Vocales: Un funcionario del Ayuntamiento y un funcionario de otra Administración.
Secretaria: La de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento, pueden asistir como observadores en todas las fases
y actos que integren el proceso selectivo a excepción de aquellos en que se delibere, decida y materialice el contenido de las
pruebas.
El Tribunal podrá pedir la asistencia al examen de asesores expertos en la materia.
El Tribunal Calificador tendrá potestad para interpretar las presentes bases y decidir las cuestiones litigiosas que pudieran
suscitarse, publicando propuesta provisional y definitiva de contratación ante esta Alcaldía para la formalización del contrato
objeto de esta convocatoria. La propuesta provisional será objeto de reclamación por las personas interesadas en el plazo
de 2 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación. Las mismas serán resueltas por el propio Tribunal de
selección. En caso de no presentarse reclamaciones, la propuesta provisional se elevará a definitiva.
Novena.- Régimen disciplinario.
Cualquier incumplimiento de las obligaciones propias de cada puesto dará lugar a la apertura de un expediente disciplinario.
Décima.- Lista de reserva.
Se constituirá una lista de reservas por cada puesto con las personas que hayan obtenido una nota mínima de 5 puntos en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quinta.- Funciones y características del puesto.
Las propias del puesto a desempeñar.
Quinta.- Presentación de solicitudes y listado de admisión.
En el plazo de cinco días hábiles a partir del día de publicación en el BOP los aspirantes podrán presentar instancia según
modelo anexo I, a la que acompañarán la documentación acreditativa de la titulación exigida, fotocopia del DNI y
documentación acreditativa para la comprobación de las situaciones contempladas a efectos de grupos prioritarios.
Una vez presentadas las solicitudes se publicará un listado provisional de admitidos a efectos de subsanaciones.
Todas las publicaciones relacionadas con el procedimiento selectivo se publicarán en el tablón físico del Ayuntamiento y en
la sede electrónica del Ayuntamiento de Medellín.
Sexta.- Procedimiento selectivo.
El procedimiento selectivo se realizará por el procedimiento de oposición libre, mediante la realización de una prueba
consistente en un cuestionario tipo test relacionada con el temario que a continuación se expone. Será requisito alcanzar un
mínimo de 5 puntos para superar la prueba.
Una vez realizada la prueba, con aquellos aspirantes que la hayan superado, se priorizará los siguientes colectivos en riesgo
de exclusión social conforme al Plan de Activación de Empleo aprobado en Pleno de 5 de octubre de 2022 (BOP de 14 de
octubre de 2022). De tal manera, que se establece la contratación preferente de personas de un grupo anterior al de un
grupo posterior por este orden:
Personas jóvenes (hasta 35 años).
Mujeres.
Personas en situación de paro de larga duración (según criterio del SEXPE).
Personas con discapacidad (téngase en cuenta que una plaza de limpieza es específica para personas con
discapacidad).
Inmigrantes.
Demandantes de empleo en general.
En los supuestos de empate dentro de un mismo grupo se resolverá por el tiempo de desempleo según orden del SEXPE.
Octava.- Tribunal.
El Tribunal estará compuesto por:
Presidente: Un funcionario del Ayuntamiento.
Vocales: Un funcionario del Ayuntamiento y un funcionario de otra Administración.
Secretaria: La de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento, pueden asistir como observadores en todas las fases
y actos que integren el proceso selectivo a excepción de aquellos en que se delibere, decida y materialice el contenido de las
pruebas.
El Tribunal podrá pedir la asistencia al examen de asesores expertos en la materia.
El Tribunal Calificador tendrá potestad para interpretar las presentes bases y decidir las cuestiones litigiosas que pudieran
suscitarse, publicando propuesta provisional y definitiva de contratación ante esta Alcaldía para la formalización del contrato
objeto de esta convocatoria. La propuesta provisional será objeto de reclamación por las personas interesadas en el plazo
de 2 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación. Las mismas serán resueltas por el propio Tribunal de
selección. En caso de no presentarse reclamaciones, la propuesta provisional se elevará a definitiva.
Novena.- Régimen disciplinario.
Cualquier incumplimiento de las obligaciones propias de cada puesto dará lugar a la apertura de un expediente disciplinario.
Décima.- Lista de reserva.
Se constituirá una lista de reservas por cada puesto con las personas que hayan obtenido una nota mínima de 5 puntos en
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