Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03061/2024)
Extracto de las bases y convocatoria reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera destinadas a asociaciones locales sin ánimo de lucro en el ejercicio 2024 en régimen de concurrencia competitiva
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Oliva de la Frontera (Badajoz)
Anuncio 3061/2024
Extracto de las bases y convocatoria reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera destinadas a
asociaciones locales sin ánimo de lucro en el ejercicio 2024 en régimen de concurrencia competitiva

BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE OLIVA DE LA
FRONTERA DESTINADAS A ASOCIACIONES LOCALES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL EJERCICIO 2024 EN RÉGIMEN DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA
BDNS (identif.): 771021
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/771021).
En concordancia con el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera y de conformidad con el
artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de
21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, se establece una línea de subvenciones
destinadas a las asociaciones sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, que potencie el tejido asociativo de
nuestra localidad y facilite la realización de proyectos y actividades que amplíen y complementen la oferta municipal.
Base 1.- Objeto.
El objeto de esta convocatoria es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza general de subvenciones
del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera para regular el acceso de asociaciones sin ánimo de lucro con domicilio social o
actividad anual en el municipio de Oliva de la Frontera a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a financiar proyectos y actividades de interés social en el municipio de Oliva de la Frontera realizadas durante el
ejercicio 2024.
Base 2.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria será de 10.000,00 € e irá imputada a los créditos
presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 334 480 del vigente Presupuesto municipal.
Base 3.- Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.
Podrá ser beneficiaria de estas subvenciones cualquier asociación o entidad sin ánimo de lucro, que ejecute un proyecto
anual o realice actividades concretas en el presente año que, atendiendo a los criterios que se recogen en la presente
convocatoria, resulte de interés para el municipio y cumpla con los siguientes requisitos:
1. Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente según su naturaleza.
2. Se encuentre inscrita en el Registro de Asociaciones de Oliva de la Frontera.
3. Tenga su domicilio social en Oliva de la Frontera o en su defecto, que venga ejecutando proyectos o
realizando actividades con anterioridad de forma notoria y estable en el municipio.
En caso de que la entidad fuera ONG deberá estar inscrita en el registro público correspondiente y disponer
de sede central o delegación permanente en el término municipal de Oliva de la Frontera.
4. Carecer de fines de lucro.
Dichos requisitos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, mantenerse hasta
la fecha de la justificación de la subvención.
Quedan expresamente excluidas en este procedimiento aquellas entidades que sean perceptoras de subvenciones directas
o con carácter nominativo, incluidas en el presupuesto general del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera en el presente
ejercicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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