Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (03032/2024)
Extracto de las bases y la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos orientados a la promoción y mejora de la salud mental en municipios menores de 20.000 habitantes
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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5. Documento que acredite la representación legal de la persona firmante de la solicitud.
6. Formulario de identificación del proyecto según el anexo III, incluidos objetivos, resultados, actividades,
cronograma, presupuesto, total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las
distintas aportaciones tanto de Fondos Propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de
otros entes públicos o privados para el proyecto objeto de esta solicitud. Para la cumplimentación de este
anexo se atenderá a la relación de gastos subvencionables que figuran en la base 5 de esta convocatoria.
7. Certificado actualizado de tener sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz, en caso de no
venir expresamente reflejado en sus estatutos.
8. Certificado oficial acreditativo de inscripción en alguno de los registros indicados en la base 3.
9. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga
de forma directa la información del Registro correspondiente de la Junta de Extremadura, por tanto, la
aportación por el interesado de dicho certificado solo será necesaria en caso de que la entidad figure inscrita
en un Registro Nacional.
10. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
11. Terceros. Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el Registro de Terceros de la Diputación o
que, estando inscritas, hayan modificado los datos incluidos en el mencionado Registro, deberán presentar
modelo de alta a terceros y modelo de certificación bancaria necesariamente a través de la sede electrónica
en la Delegación de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio en el trámite "Solicitud de alta de tercero".
Quinto.- Pago de la subvención.
Por la propia naturaleza de los proyectos y la imposibilidad de las asociaciones sin fines de lucro de realizar las actividades
sin los fondos suficientes para ello, se establece aplicable la regla del pago previo, con posterior justificación de los fondos,
conforme a las bases de ejecución del presupuesto del año en curso y del artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y previo cumplimiento de los requisitos del 34.5.
Quedan expresamente excluidos estos proyectos de la obligación de constitución de aval, seguro de caución o cualquier otra
garantía financiera.
Las asociaciones, federaciones y fundaciones, recibirán los fondos vía transferencia bancaria una vez dictada la resolución
correspondiente de otorgamiento, y publicada en su caso en el BOP, y en la BDNS. No obstante lo anterior, el pago queda
condicionado a la presentación de la cuenta justificativa correspondiente a la subvención de ejercicios anteriores y misma
convocatoria.
Sexto.- Criterios de adjudicación.
• Criterios de adjudicación.
A.- Entidad solicitante: Máximo 50 puntos.
1. Entidades que desarrollen proyectos que de atención a la salud mental en zonas rurales. Hasta 10 puntos
de acuerdo con el siguiente reparto:
Proyectos desarrollados en municipios de menos de 2.000 habitantes: 10 puntos.
Proyectos desarrollados en municipios de 2.001 a 5.000 habitantes: 8 puntos.
Proyectos desarrollados en municipios de 5.001 a 10.000 habitantes: 6 puntos.
Proyectos desarrollados en municipios 10.001 a 20.000 habitantes: 4 puntos.
2. Experiencia de la entidad en el ámbito de actuaciones de salud mental en función de su antigüedad según
Estatutos (tomando como referencia la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP). Hasta 10 puntos.
De 1 a 3 años: 2 puntos.
De 4 a 5 años: 3 puntos.
De 6 a 7 años: 5 puntos.
De más de 7 años: 10 puntos.
3. Experiencia acreditada en la ejecución de proyectos financiados por administraciones públicas cuyo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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