Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (03032/2024)
Extracto de las bases y la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos orientados a la promoción y mejora de la salud mental en municipios menores de 20.000 habitantes
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 3032/2024

culturales, Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS), ni cualquier otro ente participado por las mismas así
como aquellos organismos públicos cuyos ingresos principales provengan de presupuestos generales del
Estado, CCAA, o entidades locales.
• En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de
entidad beneficiaria, se considerará que las entidades beneficiarias o las entidades colaboradoras se
encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas
con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo.
• Asimismo, se considerará que las entidades beneficiarias y entidades colaboradoras se encuentran al
corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas,
fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente
resolución de reintegro.
• Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado y la Diputación Provincial, y
con las obligaciones para con la Seguridad Social, y no estar incurso en prohibición para ser entidades
beneficiarias de subvenciones.
Tercero.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 500.000,00 €, e irán imputados al
crédito presupuestario consignado en la siguiente aplicación presupuestaria:

Aplicación presupuestaria
220/231.00/480.07/0100

Descripción
Trans. corrientes a familias e inst. sin fines de lucro

Dotación
500.000,00 €

Cuarto.- Solicitudes.
• Plazo.
El plazo para presentar la solicitud será de 15 días, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
• Sistema de tramitación y acceso a la sede.
La presente convocatoria se tramitará exclusivamente a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, cuyos
trámites estarán disponibles durante las veinticuatro horas del día, todos los días del plazo establecido. La tramitación
electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento.
En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz,
debidamente acreditada por éste, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo
establecido para ello, el Centro Gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días naturales. Para
ello, una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se inicie la tramitación de
estas solicitudes, deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día de dicho plazo de presentación de
solicitudes.
• Documentación.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I, generada por sede electrónica, firmada por
el/la representante legal de la entidad.
2. Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de
cumplir con los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria previstos en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.
3. NIF de la entidad.
4. Estatutos de la entidad vigentes en el momento de presentación de la solicitud.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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