Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (03015/2024)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos orientados a la promoción y mejora de la salud mental en municipios menores de 20.000 habitantes
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 3015/2024
través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar, ordenadas según la estructura
funcional de la Diputación, entre las que se encuentra la convocatoria que nos ocupa.
Por otra parte, el 29 de febrero de 2024, el Pleno de la Diputación de Badajoz aprobó la II Estrategia de Desarrollo Sostenible
de la Diputación de Badajoz relacionada directamente con el desarrollo de las acciones de la agenda 2030 anteriormente
citada y entre cuyos objetivos específicos se encuentra la lucha contra cualquier tipo de situaciones que puedan provocar la
exclusión social de personas o colectivos. Indudablemente los problemas de salud mental se encuentran entre las mismas.
En razón de lo expuesto, la Diputación de Badajoz, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 36) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción tras la modificación por la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y, de conformidad, con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, así como la Ordenanza General de Subvenciones de esta Corporación (BOP 9-2-2007) y, con las líneas de actuación
contempladas en su PES para el ejercicio económico 2024 el Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al
Desarrollo ha establecido unas líneas generales para el fomento y realización de proyectos de salud mental para desarrollar
por distintas entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que den respuesta
a estas necesidades sociales y se ejecuten bajo los principios de coordinación y complementariedad con las
administraciones públicas.
Base 1. Objeto y líneas de actuación.
A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas especificas en el marco de la Ordenanza General de
Subvenciones y del PES de esta Corporación para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, de aquellas asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la ejecución de
proyectos orientados a la promoción y mejora de la salud mental en los municipios de la provincia de Badajoz menores de
20.000 habitantes.
Las actuaciones objeto de esta convocatoria deben ser prestadas por profesionales licenciados en Psicología, Trabajo Social,
Educación Social, Personal Socio-Sanitario, y se destinarán a la asistencia psicológica a las personas en riesgo de sufrir
problemas de salud mental y el establecimiento de redes de apoyo a personas y sus familiares en riesgo o que sufren
problemas de salud mental.
Asimismo, prevenir problemas de salud mental a través de la información, sensibilización y conocimiento, buscando mejorar
la calidad de vida de las personas que tienen problemas de salud mental, dotándolas de herramientas y habilidades
necesarias tanto a ellas como a sus cuidadores/as y personas convivientes.
Estas actividades deben tener necesariamente como fin lograr alguno de los siguientes objetivos dentro de cada línea de
actuación:
Línea 1. Salud mental y sociedad.
– Orientación, asistencia y acompañamiento ante la detección de personas en riesgo de sufrir
problemas de salud mental.
– Intervención y apoyo a las familias y especialmente a las personas que ejercen como
cuidadoras principales.
– Luchar contra la discriminación que puedan sufrir las personas que padecen problemas de
salud mental.
Línea 2.- Salud mental infantojuvenil.
– Mejorar la detección precoz de los problemas de salud mental en la infancia y adolescencia,
con especial atención a la problemática de salud mental y las adicciones con y sin sustancia.
– Actuaciones y programas de prevención del consumo de sustancias y de otras conductas
adictivas en el ámbito comunitario, escolar, familiar y de ocio y tiempo libre.
– Acciones dirigidas a la prevención de los riesgos de uso inadecuado de la redes sociales.
– Reconocimiento y gestión de las emociones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 33
Anuncio 3015/2024
través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar, ordenadas según la estructura
funcional de la Diputación, entre las que se encuentra la convocatoria que nos ocupa.
Por otra parte, el 29 de febrero de 2024, el Pleno de la Diputación de Badajoz aprobó la II Estrategia de Desarrollo Sostenible
de la Diputación de Badajoz relacionada directamente con el desarrollo de las acciones de la agenda 2030 anteriormente
citada y entre cuyos objetivos específicos se encuentra la lucha contra cualquier tipo de situaciones que puedan provocar la
exclusión social de personas o colectivos. Indudablemente los problemas de salud mental se encuentran entre las mismas.
En razón de lo expuesto, la Diputación de Badajoz, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 36) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción tras la modificación por la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y, de conformidad, con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, así como la Ordenanza General de Subvenciones de esta Corporación (BOP 9-2-2007) y, con las líneas de actuación
contempladas en su PES para el ejercicio económico 2024 el Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al
Desarrollo ha establecido unas líneas generales para el fomento y realización de proyectos de salud mental para desarrollar
por distintas entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que den respuesta
a estas necesidades sociales y se ejecuten bajo los principios de coordinación y complementariedad con las
administraciones públicas.
Base 1. Objeto y líneas de actuación.
A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas especificas en el marco de la Ordenanza General de
Subvenciones y del PES de esta Corporación para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, de aquellas asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la ejecución de
proyectos orientados a la promoción y mejora de la salud mental en los municipios de la provincia de Badajoz menores de
20.000 habitantes.
Las actuaciones objeto de esta convocatoria deben ser prestadas por profesionales licenciados en Psicología, Trabajo Social,
Educación Social, Personal Socio-Sanitario, y se destinarán a la asistencia psicológica a las personas en riesgo de sufrir
problemas de salud mental y el establecimiento de redes de apoyo a personas y sus familiares en riesgo o que sufren
problemas de salud mental.
Asimismo, prevenir problemas de salud mental a través de la información, sensibilización y conocimiento, buscando mejorar
la calidad de vida de las personas que tienen problemas de salud mental, dotándolas de herramientas y habilidades
necesarias tanto a ellas como a sus cuidadores/as y personas convivientes.
Estas actividades deben tener necesariamente como fin lograr alguno de los siguientes objetivos dentro de cada línea de
actuación:
Línea 1. Salud mental y sociedad.
– Orientación, asistencia y acompañamiento ante la detección de personas en riesgo de sufrir
problemas de salud mental.
– Intervención y apoyo a las familias y especialmente a las personas que ejercen como
cuidadoras principales.
– Luchar contra la discriminación que puedan sufrir las personas que padecen problemas de
salud mental.
Línea 2.- Salud mental infantojuvenil.
– Mejorar la detección precoz de los problemas de salud mental en la infancia y adolescencia,
con especial atención a la problemática de salud mental y las adicciones con y sin sustancia.
– Actuaciones y programas de prevención del consumo de sustancias y de otras conductas
adictivas en el ámbito comunitario, escolar, familiar y de ocio y tiempo libre.
– Acciones dirigidas a la prevención de los riesgos de uso inadecuado de la redes sociales.
– Reconocimiento y gestión de las emociones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 33