Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (03015/2024)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos orientados a la promoción y mejora de la salud mental en municipios menores de 20.000 habitantes
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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mediante el anexo V.
Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado.
Número de beneficiarios del proyecto, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
Base 13. Control, reintegro.
a) Para las acciones de control y los supuestos de reintegro, las presentes bases se regirán por la Ley 38/2003,
de 1 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
b) Graduación en los incumplimientos y efectos:
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE LA JUSTIFICACIÓN:
1. No justificación, con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: Reintegro total.
2. Justificación defectuosa, tras requerimiento de subsanación:
1. No comunicación de otros ingresos o subvenciones: Si se deduce sobrecoste, reintegro del mismo en la
proporción que la subvención suponga sobre el coste total del proyecto.
2. Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no utilización de modelos
normalizados, no presentación de los indicadores especificados en la base 12 o ausencia de alguna firma
preceptiva: Reintegro parcial del 5% del importe concedido.
3. Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
4. No reintegro del sobrante: Reintegro del importe.
5. Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
6. No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES:
a. Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro
total.
b. Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad:
Reintegro parcial y proporcional a la subvención concedida por las actividades no realizadas, en su caso,
motivado por el centro gestor.
c. No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen
corporativa, documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
d. Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del plazo
máximo para realizar el mismo: Reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
e. No cumplir con el compromiso de cofinanciación tenido en cuenta en el proceso de valoración: Reintegro
de lo comprometido y no aportado con fondos propios calculado proporcionalmente respecto de la
subvención concedida.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro del 5% del importe de la
subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones posibilita al beneficiario a devolver
con carácter voluntario, sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda concedida y cobrada, ya sea el importe total
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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