Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (03015/2024)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos orientados a la promoción y mejora de la salud mental en municipios menores de 20.000 habitantes
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 3015/2024
7. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o
la actividad con acreditación del importe y su procedencia. Que se
haga constar:
a. La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de
los intereses derivados de los mismos.
b. La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese
documento, así como que la actividad subvencionada ha sido
realizada en su totalidad, habiéndose cumplido las condiciones
impuestas y conseguido los objetivos previstos en el acto de
concesión de la subvención.
c. Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en
concurrencia con otras subvenciones concedidas por agentes
financiadores, no excede del importe total de la actividad o
proyecto subvencionado.
d. Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden
a gastos efectuados como consecuencia directa de la actividad
objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se
encuentran a disposición de la Diputación, y que el importe
imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras
subvenciones distintas.
D.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y
referidos con los números de orden que aparezcan relacionados en este:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 o la legislación
aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados con la aportación
de Diputación. Dichas facturas/documentos serán presentados en formato
digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no exime
en ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y puesta a
disposición de las mismas si le son requeridas por la administración. En
cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la persona
representante de la entidad, donde quede constancia de su firma, presupondrá
la originalidad de los documentos presentados.
En cuanto a los gastos por arrendamientos se deberán demostrar con el
contrato de arrendamiento, el modelo 115 mensual y el modelo 180 anual, junto
a su correspondiente justificante de pago.
En lo referente a gastos por mantenimiento y/o seguros de automóviles se
deberá demostrar que el automóvil pertenece a la asociación con el permiso de
circulación, el contrato/factura emitido y el justificante del pago realizado.
En relación con los costes indirectos se estará a lo estipulado en la base 5.
En lo referente a gastos de personal, se justificarán mediante las nóminas,
seguros sociales (modelos RNT "Relación Nominal de Trabajadores" y RLC
"Recibo de Liquidación de Cotizaciones") y declaraciones de IRPF
correspondientes (modelos 111 y 190 "Retenciones e ingresos a cuenta.
Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas
ganancias patrimoniales e imputaciones de renta"), todo ello con arreglo a la
legislación laboral vigente y con sus justificantes bancarios del pago de las
mismas.
Resumen del personal relacionado directo e indubitadamente con el desarrollo y
ejecución de las actividades señaladas en la memoria, indicando la parte
proporcional de trabajo efectivo realizado y relacionado con las mismas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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la actividad con acreditación del importe y su procedencia. Que se
haga constar:
a. La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de
los intereses derivados de los mismos.
b. La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese
documento, así como que la actividad subvencionada ha sido
realizada en su totalidad, habiéndose cumplido las condiciones
impuestas y conseguido los objetivos previstos en el acto de
concesión de la subvención.
c. Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en
concurrencia con otras subvenciones concedidas por agentes
financiadores, no excede del importe total de la actividad o
proyecto subvencionado.
d. Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden
a gastos efectuados como consecuencia directa de la actividad
objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se
encuentran a disposición de la Diputación, y que el importe
imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras
subvenciones distintas.
D.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y
referidos con los números de orden que aparezcan relacionados en este:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 o la legislación
aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados con la aportación
de Diputación. Dichas facturas/documentos serán presentados en formato
digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no exime
en ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y puesta a
disposición de las mismas si le son requeridas por la administración. En
cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la persona
representante de la entidad, donde quede constancia de su firma, presupondrá
la originalidad de los documentos presentados.
En cuanto a los gastos por arrendamientos se deberán demostrar con el
contrato de arrendamiento, el modelo 115 mensual y el modelo 180 anual, junto
a su correspondiente justificante de pago.
En lo referente a gastos por mantenimiento y/o seguros de automóviles se
deberá demostrar que el automóvil pertenece a la asociación con el permiso de
circulación, el contrato/factura emitido y el justificante del pago realizado.
En relación con los costes indirectos se estará a lo estipulado en la base 5.
En lo referente a gastos de personal, se justificarán mediante las nóminas,
seguros sociales (modelos RNT "Relación Nominal de Trabajadores" y RLC
"Recibo de Liquidación de Cotizaciones") y declaraciones de IRPF
correspondientes (modelos 111 y 190 "Retenciones e ingresos a cuenta.
Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas
ganancias patrimoniales e imputaciones de renta"), todo ello con arreglo a la
legislación laboral vigente y con sus justificantes bancarios del pago de las
mismas.
Resumen del personal relacionado directo e indubitadamente con el desarrollo y
ejecución de las actividades señaladas en la memoria, indicando la parte
proporcional de trabajo efectivo realizado y relacionado con las mismas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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