Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03027/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día
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Ayuntamiento de Valverde de Mérida

Anuncio 3027/2024

k) Está totalmente prohibido fumar en las dependencias del centro.
l) Todos los usuarios tendrán un período de prueba de 15 días.
• Comedor:
a) El menú es único para todos, salvo los regímenes prescritos por su médico.
b) El menú se fijará semanalmente en el tablón de anuncios. Los horarios deben cumplirse con la mayor
rigurosidad para evitar trastornos en el servicio. Si por alguna circunstancia prevé la imposibilidad de hacerlo,
deberá comunicarlo con la debida antelación.
c) El horario se establecerá dentro de los siguientes márgenes:
I) Comida: De 13:00 h a 14:30 h.
d) Se sirve a media mañana un tentempié.
e) No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas, etc., ni entrar
alimentos que no sean propios del centro.
f) Si fuera necesario, el personal auxiliar del centro establecerá el sitio a ocupar en el comedor y si por
cualquier causa se desea cambiar, la petición se efectuará siguiendo los cauces establecidos por el
Reglamento de régimen interno.
• Zonas comunes:
a) En las zonas comunes el usuario repartirá equitativamente el espacio con su compañero, facilitándole en
todo momento la colocación de prendas y utensilios. Distribuirán el horario de forma que puedan disponer
igualitariamente del servicio común, facilitando las necesidades urgentes del compañero y manteniendo la
debida limpieza.
b) Se permite la colaboración en la limpieza, en aquellas tareas para las que el usuario se encuentre
capacitado.
c) Se abstendrá de modificar las instalaciones de estas zonas y de utilizar aparatos eléctricos no autorizados.
d) Si observa alguna anomalía (fontanería, electricidad, etc.) deberá comunicarla al personal responsable.
e) La utilización privada de aparatos de radio y TV, estará supeditada a que no molesten a los compañeros o
vecinos.
f) Se podrán tener macetas debidamente protegidas en su base, para no deteriorar muebles o pavimento.
g) Para evitar posibles accidentes, se pondrá especial cuidado en dejar los grifos cerrados y las luces
apagadas.
h) No se permitirá beber alcohol en las zonas comunes.
i) Durante las horas de descanso evite todo aquello que pueda molestar al resto de los usuarios.
j) Los residentes será responsables de la limpieza y cuidados de los objetos de su propiedad que estén
colocados en estas zonas.
k) No se podrá tener animales en las zonas comunes salvo que sea necesario debido a la discapacidad del
residente.
SISTEMA DE COBRO DE LOS PRECIOS:
Según lo establecido en la Ordenanza fiscal reguladora elaborada al efecto y aprobada por el Ayuntamiento de Valverde de
Mérida.
COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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