Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02960/2024)
Bases de convocatoria para la constitución de una bolsa de Administrativos mediante el sistema de oposición libre
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 2960/2024

10.2.- La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la puntuación obtenida en el
ejercicio. De conformidad con el Reglamento de funcionamiento de las bolsas de trabajo del Ayuntamiento de
Badajoz y sus organismos autónomos firmado con las organizaciones sindicales con representación en la
mesa general de negociación de empleados públicos, en caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a
los siguientes criterios, que aparecen por orden de prioridad:
1.º. Mayores de 45 años, dando preferencia a la persona aspirante de mayor edad.
2.º. Mayores de 30 años y menores de 45 años, dando preferencia a la persona aspirante de
mayor edad.
3.º. Jóvenes menores de 30 años, dando preferencia a la persona aspirante de menor edad.
4.º. A igualdad de puntuación se aplicará el criterio de género, es decir, se tendrá en cuenta el
género de los/as trabajadores/as que ocupan "plazas" iguales a la de la bolsa, siempre que
haya un porcentaje de desequilibrio superior al 60-40%, teniendo prioridad el/la aspirante del
género perteneciente al colectivo con menor representación y hasta que se llegue al porcentaje
indicado.

11.- Lista de aprobados/as.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal Calificador formará relación comprensiva de las personas aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuación final y la publicará en la página web municipal.
12.- Gestión de llamamientos del personal aprobado.
La gestión de llamamientos del personal aprobado se regirá a todos los efectos por el Reglamento de funcionamiento de las
bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos firmado con las organizaciones sindicales con
representación en la mesa general de negociación de empleados públicos.
La documentación original acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2, será presentada por los
aspirantes en el momento de realizarse el llamamiento.
13.- Vigencia.
La presente bolsa de trabajo estará vigente hasta que se constituya una nueva bolsa que la sustituya como consecuencia de
un proceso selectivo.
En el supuesto de estar vigente una bolsa de trabajo creada específicamente, esta dejará de tener efecto desde el momento
de la entrada en vigor de una nueva bolsa, en la misma categoría, con un máximo, en cualquier caso, de 4 años.
14.- Base final.
Las presentes bases estarán a disposición de las personas interesadas y público en general en las dependencias municipales
del Servicio de Recursos Humanos para su consulta, así como en la página web municipal
(https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/convocatoriasempleo).
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.

_____________
ANEXO
MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura. Título Preliminar. Título I: De los derechos y deberes fundamentales
(I). Capítulo I: De los españoles y los extranjeros.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Título I: De los derechos y deberes fundamentales (II). Capítulo II: Derechos y
libertades.
Tema 3. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (I). Título I: Disposiciones generales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 11