Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02960/2024)
Bases de convocatoria para la constitución de una bolsa de Administrativos mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Badajoz

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c) Fotocopia de la titulación requerida.
En el caso de las personas aspirantes que deseen optar a la reserva de llamamientos para el personal con
discapacidad, documentación acreditativa del reconocimiento del grado de discapacidad (igual o superior al
33%).
Asimismo, las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% que presenten esta acreditación
tendrán derecho a realizar las pruebas de selección con medidas de adaptación de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios. Para ello, deberán indicar en la solicitud, en su caso, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios que precisen para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria,
siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción o menoscabo del nivel
de suficiencia exigible, acreditando la discapacidad mediante certificado expedido por el órgano competente.
En estos casos, la solicitud deberá adjuntar el dictamen médico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han
dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que el Tribunal Calificador pueda valorar la
procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. No obstante, el Tribunal Calificador podrá
recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los servicios médicos del
Ayuntamiento de Badajoz.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los
ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por
la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada una de las personas aspirantes, el Tribunal Calificador
adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas
solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios gocen de similares condiciones para la realización de los
ejercicios que el resto de participantes.
La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros
oficiales indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 4.1 de la presente base.
Tampoco exime al aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la tasa correspondiente por
derechos de examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo
establecido en las presentes bases.
3.2.- Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 4
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.3.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
4.- Plazo de presentación de solicitudes:
4.1.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, estando toda la
información disponible en la página web.
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/convocatoriasempleo/personal-temporal.
4.2.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la solicitud serán vinculantes
para la persona aspirante.
4.3.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones.
5.- Derechos de examen:
5.1.- Los derechos de examen serán de 9,02 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento establecido
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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