Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02893/2024)
Reglamento colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera
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Ayuntamiento de La Albuera

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Faltas Leves
Se seguirá el procedimiento descrito para las graves.
Faltas graves
La instrucción del expediente sancionador será iniciada por la el coordinador, a propuesta
escrita de el mismo o del monitor.
La sanción será impuesta por el representante legal de la entidad promotora, a propuesta del
equipo docente del centro, y requerirá comunicación escrita y motivada al inculpado,
concediéndole un plazo de 72 horas para que alegue en su defensa lo que estime oportuno. La
entidad dictará la resolución definitiva con notificación al interesado una vez transcurra este
periodo de tiempo.

Artículo 14.- Régimen Jurídico, Jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y modificación.

a) Régimen Jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento de Régimen Interno, se
estará a lo dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del
Organismo Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente.- La Jurisdicción Social, es la competente para conocer acerca de las
cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad
Promotora y los alumnos/as-trabajadores/as, así como entre ésta y los integrantes del Equipo
Formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado
íntegramente por las personas abajo firmantes y se hayan cumplido los trámites exigidos por el
artículo 49 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo del Programa
de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera", todo ello sin perjuicio de
las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento del/la
Director/a-Gestor/a del Programa de Formación y Empleo "Colaborativo Rural Ateneo
Degustalbuera", podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes al presente
Reglamento de Régimen Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su aprobación, y
observancia de las disposiciones legales vigentes. Quedan exceptuadas las modificaciones que
se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se produzca durante su
vigencia en la normativa que regula la materia.
El presente Reglamento de Régimen Interno, ha sido aprobado por los abajo firmantes en
representación de la Entidad Promotora.

Diligencia.- Para hacer constar que el "Reglamento de Régimen Interno del "Colaborativo Rural Ateneo Degustalbuera", fue
leído íntegramente, y puesto en conocimiento tanto de los Alumnos/Trabajadores como del Equipo Directivo y Docente, en
reunión mantenida al efecto con fecha 12 de junio de 2024.
Y para que así conste, se firma el presente Reglamento de Régimen Interno, en La Albuera a 17 de junio de 2024.- Juan
Miguel Castera Castro.
Coordinador técnico tutor del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Degustalbuera".
DELEGADO DEL PROGRAMA:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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