Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02880/2024)
Extracto de las bases y convocatoria reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Medina de las Torres destinadas a asociaciones locales sin ánimo de lucro en el ejercicio 2024 en régimen de concurrencia competitiva
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Ayuntamiento de Medina de las Torres
Anuncio 2880/2024
General de Recaudación.
Las sanciones se graduarán y se cuantificarán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 60, 61, 62 y 63 de la Ley General
de Subvenciones.
13. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable: Ayuntamiento de Medina de las Torres.
Plaza de la Constitución, 1, 06320-Badajoz.
924 56 00 35.
Finalidad del tratamiento: Procedimiento de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Medina de las
Torres destinadas a Asociaciones sin fines de lucro.
Legitimación del tratamiento:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los interesados: Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos,
limitación u oposición, así como otros.
14.- Publicidad e interpretación. Normativa aplicable.
Las presentes bases y el correspondiente extracto de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web del Ayuntamiento de Medina de las Torres, en la
dirección: https://https://medinadelastorres.com para general conocimiento de los interesados.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan surgir
en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para dictar
aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
En todo caso, se aplicará supletoriamente la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación, las bases de ejecución del presupuesto
del Ayuntamiento de Medina de las Torres; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Medina de las Torres así como
cuantas otras normas de carácter general o procedimental que resulten de aplicación.
Medina de las Torres, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Isaac Rodríguez Domínguez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Las sanciones se graduarán y se cuantificarán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 60, 61, 62 y 63 de la Ley General
de Subvenciones.
13. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
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Responsable: Ayuntamiento de Medina de las Torres.
Plaza de la Constitución, 1, 06320-Badajoz.
924 56 00 35.
Finalidad del tratamiento: Procedimiento de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Medina de las
Torres destinadas a Asociaciones sin fines de lucro.
Legitimación del tratamiento:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los interesados: Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos,
limitación u oposición, así como otros.
14.- Publicidad e interpretación. Normativa aplicable.
Las presentes bases y el correspondiente extracto de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web del Ayuntamiento de Medina de las Torres, en la
dirección: https://https://medinadelastorres.com para general conocimiento de los interesados.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan surgir
en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para dictar
aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
En todo caso, se aplicará supletoriamente la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación, las bases de ejecución del presupuesto
del Ayuntamiento de Medina de las Torres; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Medina de las Torres así como
cuantas otras normas de carácter general o procedimental que resulten de aplicación.
Medina de las Torres, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Isaac Rodríguez Domínguez.
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