Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02880/2024)
Extracto de las bases y convocatoria reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Medina de las Torres destinadas a asociaciones locales sin ánimo de lucro en el ejercicio 2024 en régimen de concurrencia competitiva
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Ayuntamiento de Medina de las Torres

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Medina de las Torres
Medina de las Torres (Badajoz)
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Extracto de las bases y convocatoria reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Medina de las Torres destinadas a
asociaciones locales sin ánimo de lucro en el ejercicio 2024 en régimen de concurrencia competitiva

BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE LAS
TORRES A ASOCIACIONES LOCALES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL EJERCICIO 2024 EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA
BDNS (IDENTIF.): 768802
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768802).
1. Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Medina de las Torres a las asociaciones locales para los proyectos a desarrollar en el año
2024 (si no se aprueba Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento).
2. Dotación presupuestaria.
La cuantía máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria será de 10.000,00 euros e irá imputada a los
créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 334 480 del vigente presupuesto municipal.
3. Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.
Podrá ser beneficiaria de estas subvenciones cualquier asociación o entidad sin ánimo de lucro, que ejecute un proyecto
anual o realice actividades concretas en el presente año que, atendiendo a los criterios que se recogen en la presente
convocatoria, resulte de interés para el municipio y cumpla con los siguientes requisitos:
1. Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente según su naturaleza.
2. Se encuentre inscrita en el registro de asociaciones de Medina de las Torres.
3. Tenga su domicilio social Medina de las Torres o, en su defecto, que venga ejecutando proyectos o
realizando actividades con anterioridad de forma notoria y estable en el municipio.
En caso de que la entidad fuera ONG deberá estar inscrita en el registro público correspondiente y disponer
de sede central o delegación permanente en el término municipal de Medina de las Torres.
4. No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2, 13.3 y 34.5 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La acreditación por parte de las entidades solicitantes de no estar en las situaciones descritas en el párrafo
anterior deberá realizarse mediante declaración responsable suscrita por su representante legal, efectuada
conforme al anexo II de las presentes bases.
5. Carecer de fines de lucro.
Dichos requisitos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.
4. Presentación de solicitudes (plazo y documentación).
Las solicitudes deberán presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Medina de las Torres en el plazo de un mes
a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
mediante instancia normalizada debidamente cumplimentada, que figura como anexo I de las presentes bases.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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