Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02894/2024)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural Ateneo "La Durana"
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara
Anuncio 2894/2024
Informar al programa, en horario de 07:45 a 9, de la no-asistencia al trabajo cuando por causas imprevistas se
produzca la imposibilidad justificada de incorporación al Centro.
Comunicar al Equipo Formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del programa,
garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a disposición del
programa.
15. Faltas.
A) Las faltas:
Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A. 1.- Faltas leves:
La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
Faltas reiteradas de puntualidad (superar los cinco minutos pasados de la hora
estipulada), que no superen los 15 minutos en un mes.
El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las
actividades formativas como en el trabajo propio del Taller de Empleo
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo
efectivo. Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para
el desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos
los minutos de descanso).
La no presentación en tiempo oportuno (en la semana) de los justificantes, salvo
que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Permanecer en la puerta de los talleres en horario de trabajo.
Fumar en zonas no permitidas: aulas, pasillos y servicio.
A.2.- Faltas graves:
Haber sido sancionado/a por tres faltas leves a excepción de la falta de
puntualidad superior a 15 minutos que se sancionarán al cometer dos de ellas.
La falta de obediencia debida a monitores/as-profesores/as y demás personal
del Programa Colaborativo Rural Ateneo.
La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de
trabajo y formación. El ataque a la integridad física y moral de los/as
compañeros y compañeras y en general, mantener conductas antisociales y/o
violentas durante la jornada laboral.
El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en
el trabajo. La simulación de enfermedad o accidente.
La ausencia al trabajo sin causa justificada Faltas de hurto, robo, tanto a los/as
trabajadores/as como al programa. En este sentido se ponderará y valorará la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Informar al programa, en horario de 07:45 a 9, de la no-asistencia al trabajo cuando por causas imprevistas se
produzca la imposibilidad justificada de incorporación al Centro.
Comunicar al Equipo Formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del programa,
garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a disposición del
programa.
15. Faltas.
A) Las faltas:
Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A. 1.- Faltas leves:
La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
Faltas reiteradas de puntualidad (superar los cinco minutos pasados de la hora
estipulada), que no superen los 15 minutos en un mes.
El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las
actividades formativas como en el trabajo propio del Taller de Empleo
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo
efectivo. Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para
el desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos
los minutos de descanso).
La no presentación en tiempo oportuno (en la semana) de los justificantes, salvo
que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Permanecer en la puerta de los talleres en horario de trabajo.
Fumar en zonas no permitidas: aulas, pasillos y servicio.
A.2.- Faltas graves:
Haber sido sancionado/a por tres faltas leves a excepción de la falta de
puntualidad superior a 15 minutos que se sancionarán al cometer dos de ellas.
La falta de obediencia debida a monitores/as-profesores/as y demás personal
del Programa Colaborativo Rural Ateneo.
La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de
trabajo y formación. El ataque a la integridad física y moral de los/as
compañeros y compañeras y en general, mantener conductas antisociales y/o
violentas durante la jornada laboral.
El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en
el trabajo. La simulación de enfermedad o accidente.
La ausencia al trabajo sin causa justificada Faltas de hurto, robo, tanto a los/as
trabajadores/as como al programa. En este sentido se ponderará y valorará la
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