Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talarrubias. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02822/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento regulador del uso y funcionamiento del Centro de Educación Infantil Municipal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Talarrubias
Anuncio 2822/2024
Desarrollo de actividad laboral por los tutores
Puntos
Niños/as con necesidades educativas especiales.
2
Igual o superior a 33% de hermano, padre, madre o tutor legal
1
Condición legal de familia numerosa.
Copia autenticada del título de familia numerosa.
2
Proximidad del Centro al domicilio laboral o familiar
Residentes en el municipio donde se encuentra el Centro de educación infantil, considerando como tales
quienes se incluyan en el ámbito del el art. 53.1 del RD 1690/1986, de 11 de julio.
4
Centro de trabajo en el municipio donde se encuentra el Centro, pero no constituye residencia familiar en
los términos del art. 53.1 del RD 1690/1986, de 11 de julio.
2
Renta per cápita de la unidad familiar
Renta iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional
1
Condición de víctima de violencia de género
2
Otras circunstancias acordadas por el órgano del Centro competente en materia de admisión, según
criterios públicos y objetivos
1
Haber estado matriculado previamente en el Centro
4
En Talarrubias, a fecha de la firma digital.- El Secretario-Interventor, Francisco Jesús Rozano Alba.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Desarrollo de actividad laboral por los tutores
Puntos
Niños/as con necesidades educativas especiales.
2
Igual o superior a 33% de hermano, padre, madre o tutor legal
1
Condición legal de familia numerosa.
Copia autenticada del título de familia numerosa.
2
Proximidad del Centro al domicilio laboral o familiar
Residentes en el municipio donde se encuentra el Centro de educación infantil, considerando como tales
quienes se incluyan en el ámbito del el art. 53.1 del RD 1690/1986, de 11 de julio.
4
Centro de trabajo en el municipio donde se encuentra el Centro, pero no constituye residencia familiar en
los términos del art. 53.1 del RD 1690/1986, de 11 de julio.
2
Renta per cápita de la unidad familiar
Renta iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional
1
Condición de víctima de violencia de género
2
Otras circunstancias acordadas por el órgano del Centro competente en materia de admisión, según
criterios públicos y objetivos
1
Haber estado matriculado previamente en el Centro
4
En Talarrubias, a fecha de la firma digital.- El Secretario-Interventor, Francisco Jesús Rozano Alba.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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