Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cheles. (02733/2024)
Aprobación del Plan de Activación de Empleo Local 2024
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Ayuntamiento de Cheles
Anuncio 2733/2024
posterior prueba teórica y/o práctica que tendrá carácter eliminatorio.
Los contratos de trabajo que se formalicen al amparo de este programa, serán contratos de mejora en la ocupabilidad y la
inserción laboral, con una duración no superior a 12 meses.
Con carácter previo a las contrataciones laborales realizadas en virtud del Programa de Activación para el Empleo Local, los
puestos de trabajo deberán contar con crédito suficiente y adecuado y, asimismo, deberá especificarse que los contratos se
formalizan al amparo del Programa de Activación para el Empleo Local.
Las contrataciones se financiarán bien con fondos provenientes de subvenciones destinadas a creación de empleo de la
Junta de Extremadura y Diputación de Badajoz en función de los importes concedidos y bajo la modalidad de contratación
de mejora de la ocupabilidad. Por lo que se comprometerá el crédito necesario para las contrataciones laborales temporales
dentro de las Bolsas de empleo una vez concedidas las subvenciones oportunas a este Ayuntamiento; así mismo podrán ser
financiadas, con fondos propios municipales con cargo al presupuesto anual aprobado.
Este Plan de activación de empleo se trata de un instrumento de planificación, dirigida a gestionar el proceso de mejora del
mercado de trabajo de nuestro territorio, por lo que no genera compromiso de gasto cierto y concreto futuro, el cuál se
comprometerá en función de las necesidades y disponibilidades del Ayuntamiento anualmente.
7. Vigencia
La vigencia del Programa de Activación para el Empleo Local de Cheles se extenderá durante el año 2024, y se prorrogará de
manera automática al año siguiente si no es modificado.
Contra la presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo ante el Pleno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer
el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Cheles, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Antonio Sierra Serrano.
_____________
[1] Nota explicativa: Las personas demandantes desempleadas inscritas en el registro del SEXPE pueden solicitar más de una
ocupación dentro de su Itinerario Personalizado de Inserción (IPI) teniendo o no experiencia laboral en la ocupación que
solicitan.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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posterior prueba teórica y/o práctica que tendrá carácter eliminatorio.
Los contratos de trabajo que se formalicen al amparo de este programa, serán contratos de mejora en la ocupabilidad y la
inserción laboral, con una duración no superior a 12 meses.
Con carácter previo a las contrataciones laborales realizadas en virtud del Programa de Activación para el Empleo Local, los
puestos de trabajo deberán contar con crédito suficiente y adecuado y, asimismo, deberá especificarse que los contratos se
formalizan al amparo del Programa de Activación para el Empleo Local.
Las contrataciones se financiarán bien con fondos provenientes de subvenciones destinadas a creación de empleo de la
Junta de Extremadura y Diputación de Badajoz en función de los importes concedidos y bajo la modalidad de contratación
de mejora de la ocupabilidad. Por lo que se comprometerá el crédito necesario para las contrataciones laborales temporales
dentro de las Bolsas de empleo una vez concedidas las subvenciones oportunas a este Ayuntamiento; así mismo podrán ser
financiadas, con fondos propios municipales con cargo al presupuesto anual aprobado.
Este Plan de activación de empleo se trata de un instrumento de planificación, dirigida a gestionar el proceso de mejora del
mercado de trabajo de nuestro territorio, por lo que no genera compromiso de gasto cierto y concreto futuro, el cuál se
comprometerá en función de las necesidades y disponibilidades del Ayuntamiento anualmente.
7. Vigencia
La vigencia del Programa de Activación para el Empleo Local de Cheles se extenderá durante el año 2024, y se prorrogará de
manera automática al año siguiente si no es modificado.
Contra la presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo ante el Pleno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer
el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Cheles, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Antonio Sierra Serrano.
_____________
[1] Nota explicativa: Las personas demandantes desempleadas inscritas en el registro del SEXPE pueden solicitar más de una
ocupación dentro de su Itinerario Personalizado de Inserción (IPI) teniendo o no experiencia laboral en la ocupación que
solicitan.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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