Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas (Montijo). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02589/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición una plaza de personal laboral fijo de Arquitecto/a Técnico/a
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Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas

Anuncio 2589/2024

De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar
las calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se
produzcan.
Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas.
Juntamente con el acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por
los opositores.
C) Determinación de la puntuación: La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter
eliminatorio y su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez
puntos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco puntos para superar el ejercicio.
En la primera prueba, tipo test, cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta
incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas. El
segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada
miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando
entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más
de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, sólo se eliminarán una de las
calificaciones máximas y otra de las mínimas. La calificación de la fase de oposición será la
suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.

Fase concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de
oposición.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta
un máximo de 2 puntos.
Formación.Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/Centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública/colegios profesionales, debidamente
acreditados, y en los que conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la
plaza/puesto que se opta, atendiendo a lo siguiente:
Se valorarán los títulos a razón de 0,01 puntos por cada hora (teniendo en cuenta que un crédito equivale a
10 horas y un crédito ECTS equivale a 25 horas).
Los cursos/títulos en los que no consten horas lectivas (o no figuren los créditos o la norma en la que conste
la duración) no se valorarán.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica de
la titulación correspondiente.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en cada convocatoria
específica. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo, considerando que el
plazo definitivo para presentar documentación es la aprobación de la lista definitiva.
Resolución de empates:
Una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y concurso, en caso de empate, se resolverá por la mejor
puntuación obtenida en el primer ejercicio, si prosiguiera el empate, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio,
si persiste el empate, se resolverá por sorteo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria y constitución de lista de espera: Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la
relación de aprobados por orden de puntuación (precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de
plazas vacantes convocadas) y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, siendo publicada dicha relación el
Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica, debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el plazo de veinte días
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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