Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02509/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las obligaciones de productores y poseedores de residuos de construcción y demolición en orden a la concesión de las licencias urbanísticas y comunicaciones previas
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

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Artículo 14.- Coste de gestión del servicio.
Para garantizar una gestión adecuada de los RCD:
a) En el caso de gestión directa municipal de obra menor, el Ayuntamiento impondrá y regulara las tasas de
gestión de los residuos.
b) En el caso de gestión indirecta municipal se estipula el siguiente precio orientativo de tratamiento por parte
de los gestores autorizados:
3

- Residuos procedentes de derribos y de la construcción: 7-11.2 euros/m de residuos.
3

- Residuos procedentes de excavaciones: 3.5-5.6 euros/m .

Artículo 15.- Licencia de primera ocupación.
Para la tramitación de la licencia de primera ocupación establecida por la legislación vigente, el productor de RCD incluirá,
sin perjuicio del resto de documentación a aportar al Ayuntamiento, los certificados de aceptación de RCD por parte del
gestor autorizado como requisito indispensable para su otorgamiento.
CAPÍTULO III.- RÉGIMEN SANCIONADOR
Artículo 16.- Infracciones y sanciones.
El régimen de infracciones y sanciones es el previsto en el artículo 49.3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos, en los
supuestos atribuidos a la competencia de las entidades locales, y en el marco de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local.
A estos efectos se instruirá expediente sancionador en el marco de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por
el que se desarrolla el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Disposición adicional.A los efectos de esta Ordenanza se entenderá por órgano municipal competente el Alcalde o el/la Concejal de Obras
Públicas y Urbanismo que actué por delegación, previo informe de los Servicios Municipales.
Disposición final.La presente Ordenanza entrará en vigor transcurridos quince días desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
del anuncio de su texto definitivo.
________________
ANEXO I: FICHA DE EVALUACIÓN DE RCD
AYUNTAMIENTO DE RIBERA DEL FRESNO
Productor (Promotor):
Nombre: __________________________________________
DNI: ______________
Domicilio: ___________________
Tipo de obra: ___________________
Situada en c/: _____________________
Localidad: _______________________
Expediente de obra número: _____________
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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