Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02509/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las obligaciones de productores y poseedores de residuos de construcción y demolición en orden a la concesión de las licencias urbanísticas y comunicaciones previas
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las obligaciones de productores y poseedores de residuos de
construcción y demolición en orden a la concesión de las licencias urbanísticas y comunicaciones previas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las
obligaciones de productores y poseedores de residuos de construcción y demolición en orden a la concesión de las licencias
urbanísticas y comunicaciones previas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento
de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS OBLIGACIONES DE PRODUCTORES Y POSEEDORES DE RESIDUOS DE
CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN EN ORDEN A LA CONCESIÓN DE LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS Y COMUNICACIONES
PREVIAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL.
Con la finalidad de adecuar el ordenamiento jurídico español a la normativa de la Unión Europea en materia de residuos, se
promulgó la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, a través de la cual se pretende, además, y como establece su
exposición de motivos, "contribuir a la protección del medio ambiente coordinando la política de residuos con las políticas
económica, industrial y territorial, al objeto de incentivar su reducción en origen y dar prioridad a la reutilización, reciclado y
valorización de los residuos sobre otras técnicas de gestión".
Posteriormente la sustitución del anterior régimen jurídico comunitario de residuos y la promulgación de la Directiva
2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan
determinadas Directivas integrándolas en una única norma, ha dado lugar a su transposición en nuestro ordenamiento
jurídico mediante la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, que sustituye a la anteriormente
vigente Ley 10/1998, cuyo artículo 12.5 establece el marco de competencias de entidades locales.
Asimismo, y de manera específica, se ha de tener en cuenta el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula
la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y que define los conceptos de productor de residuos
de construcción y demolición, que se identifica, básicamente, con el titular del bien inmueble en que reside la decisión
última de construir o demoler, y de poseedor de dichos residuos, que corresponde a quien ejecuta la obra y tiene el control
físico de los que se generan en la misma.
En el marco autonómico se ha dictado el decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la
producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
que prevé que los Ayuntamientos ejercerán a través de los servicios municipales correspondientes, de conformidad con lo
previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el control de la producción, de la gestión
y del destino de los residuos generados en el desarrollo de obras y actuaciones de construcción y demolición, sometidos a
intervención administrativa municipal previa; asimismo, atribuye competencia a los Ayuntamientos para establecer los
instrumentos y actuaciones necesarias para llevar a cabo el control de la generación y del tratamiento de residuos de
construcción y demolición, en el marco de la legislación estatal y de la Comunidad Autónoma, mediante el dictado de
Ordenanzas municipales.
Es este, precisamente, el objetivo de la presente Ordenanza: La regulación del procedimiento de autorización de entrega de
determinados residuos urbanos, concretamente residuos inertes procedentes de obras de demolición, construcción y
excavación, por parte de productor y/o poseedor al "gestor autorizado", figura definida en la propia Ley.
Por último, la prestación de este servicio municipal a través de "gestor autorizado" requerirá la celebración del
correspondiente contrato de gestión de servicio público, en los términos establecidos en la legislación vigente.
CAPÍTULO I. OBJETO
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la entrega de tierras, escombros y residuos de construcción generados en
las obras de demolición, construcción y excavación, destinados a su abandono, para su gestión controlada por parte de
gestores autorizados, estableciendo una regulación adicional a las licencias urbanísticas y comunicaciones previas de obras,
para conseguir una efectiva protección del medio ambiente.
El ámbito de aplicación territorial coincidirá con el término municipal de Ribera del Fresno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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