Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Inmobiliaria Municipal de Badajoz. (02470/2024)
Nueva convocatoria del proceso selectivo para la provision de una plaza de Técnico de Administración General (contratación)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 2470/2024
A las personas aspirantes excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable a la persona interesada.
3.4. Las solicitudes deberán ir acompañadas de:
- Copia del DNI o pasaporte, en su defecto.
- Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
- Copia de la titulación exigida o del documento acreditativo del abono de las tasas para la expedición de la
misma.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o
convalidación.
Cuarta.- Admisión de personas candidatas.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la señora alcaldesa dictará resolución, en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá en el tablón de
edictos de la Casa Consistorial, en la página web del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Las personas aspirantes excluidas, así como quienes no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en indicada la lista podrán subsanarse en cualquier momento, de
oficio o a petición de parte interesada.
4.2. Expirado el plazo de subsanación de errores, se dictará nueva resolución aprobando la lista definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá asimismo en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, en la página web
del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y en el Boletín Oficial de la Provincia, en un plazo máximo de quince días
naturales.
Con la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará, asimismo, el lugar, fecha y hora de
comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal Calificador calificador, en los términos en que hubiera sido
aprobado por resolución de la alcaldía.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador estará formado, al menos, por los siguientes miembros: la Presidencia, tres Vocalías y la
Secretaría.
Uno de los vocales deberá ser necesariamente un representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se designará el mismo número de miembros suplentes.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y sus miembros deberán poseer titulación y especialización
igual o superior a la de la plaza convocada.
Los tribunales deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderán, en su
composición, a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
No podrán formar parte del Tribunal el personal de elección o designación política, los altos cargos, los funcionarios
interinos, el personal eventual, ni el personal laboral temporal.
La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse en representación o por cuenta de nadie.
5.2. El Tribunal actuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público; y demás
disposiciones vigentes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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A las personas aspirantes excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable a la persona interesada.
3.4. Las solicitudes deberán ir acompañadas de:
- Copia del DNI o pasaporte, en su defecto.
- Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
- Copia de la titulación exigida o del documento acreditativo del abono de las tasas para la expedición de la
misma.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o
convalidación.
Cuarta.- Admisión de personas candidatas.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la señora alcaldesa dictará resolución, en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá en el tablón de
edictos de la Casa Consistorial, en la página web del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Las personas aspirantes excluidas, así como quienes no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en indicada la lista podrán subsanarse en cualquier momento, de
oficio o a petición de parte interesada.
4.2. Expirado el plazo de subsanación de errores, se dictará nueva resolución aprobando la lista definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá asimismo en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, en la página web
del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y en el Boletín Oficial de la Provincia, en un plazo máximo de quince días
naturales.
Con la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará, asimismo, el lugar, fecha y hora de
comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal Calificador calificador, en los términos en que hubiera sido
aprobado por resolución de la alcaldía.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador estará formado, al menos, por los siguientes miembros: la Presidencia, tres Vocalías y la
Secretaría.
Uno de los vocales deberá ser necesariamente un representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se designará el mismo número de miembros suplentes.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y sus miembros deberán poseer titulación y especialización
igual o superior a la de la plaza convocada.
Los tribunales deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderán, en su
composición, a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
No podrán formar parte del Tribunal el personal de elección o designación política, los altos cargos, los funcionarios
interinos, el personal eventual, ni el personal laboral temporal.
La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse en representación o por cuenta de nadie.
5.2. El Tribunal actuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público; y demás
disposiciones vigentes.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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