Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Inmobiliaria Municipal de Badajoz. (02470/2024)
Nueva convocatoria del proceso selectivo para la provision de una plaza de Técnico de Administración General (contratación)
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 2470/2024
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
e) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerla, de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los
cuerpos o escalas clasificados en el grupo A, subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 y la
disposición transitoria tercera del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Grado o, en su caso, Doctor, Licenciado,
Arquitecto o Ingeniero).
Quienes sean aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente homologación.
Este requisito no será de aplicación a aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en
el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
2.2. Las anteriores condiciones deberán reunirse en el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
3.1. Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar una solicitud dirigida a la señora alcaldesa del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, conforme al modelo que figura como anexo I de las presentes bases, que podrá
obtenerse también a través de la web municipal http://www.villanuevadelaserena.es.
3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, dentro del plazo de
veinte días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca la publicación del anuncio de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) En el registro electrónico del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, así como en los restantes registros
electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley.
b) En las oficinas de Correos.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
3.3. Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen, cuyo importe,
establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Villanueva de la
Serena, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 189, de 28 de septiembre de 2007, es de veinte (20,00 €)
euros.
Los derechos de examen se deberán ingresar en la cuenta ES5120803606153040009675, de que es titular el Ayuntamiento
de Villanueva de la Serena en la entidad financiera ABANCA, indicando en el comprobante o justificante el siguiente texto:
"Proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico de Administración General (Contratación), oferta
de empleo público de 2023".
El pago de los derechos de examen y la presentación del resguardo o justificante correspondiente no supondrá sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
e) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerla, de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los
cuerpos o escalas clasificados en el grupo A, subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 y la
disposición transitoria tercera del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Grado o, en su caso, Doctor, Licenciado,
Arquitecto o Ingeniero).
Quienes sean aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente homologación.
Este requisito no será de aplicación a aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en
el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
2.2. Las anteriores condiciones deberán reunirse en el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
3.1. Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar una solicitud dirigida a la señora alcaldesa del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, conforme al modelo que figura como anexo I de las presentes bases, que podrá
obtenerse también a través de la web municipal http://www.villanuevadelaserena.es.
3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, dentro del plazo de
veinte días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca la publicación del anuncio de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) En el registro electrónico del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, así como en los restantes registros
electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley.
b) En las oficinas de Correos.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
3.3. Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen, cuyo importe,
establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Villanueva de la
Serena, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 189, de 28 de septiembre de 2007, es de veinte (20,00 €)
euros.
Los derechos de examen se deberán ingresar en la cuenta ES5120803606153040009675, de que es titular el Ayuntamiento
de Villanueva de la Serena en la entidad financiera ABANCA, indicando en el comprobante o justificante el siguiente texto:
"Proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico de Administración General (Contratación), oferta
de empleo público de 2023".
El pago de los derechos de examen y la presentación del resguardo o justificante correspondiente no supondrá sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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www.dip-badajoz.es/bop
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