Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (02456/2024)
Bases de la convocatoria y el proceso de selección para la creación de una bolsa de trabajo temporal para Cocinera/o-Limpiador/a del Centro de día del Ayuntamiento de Valdelacalzada
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdelacalzada
Anuncio 2456/2024
Por haber prestado servicios como cocinero o limpiador 1 punto por año o fracción superior a 6 meses, hasta
un máximo de 3 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificados, contrato, nóminas, vida laboral y similares,
siempre que se haga constar la categoría desempeñada.
Novena. Calificación.
A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso.
La puntuación final será aquella obtenida para la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso.
Décima. Relación de personas aprobadas, acreditación de requisitos exigidos y formalización del contrato.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para integrar
la lista de espera.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a los llamamientos para cubrir las bajas previa acreditación de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
PERIODO DE PRUEBA:
Podrá establecerse en la convocatoria un periodo de prueba que se iniciará una vez el aspirante propuesto se haya
incorporado al puesto de trabajo y cuya existencia y duración reflejarse en el correspondiente contrato de trabajo.
Las personas responsables de hacer el seguimiento del periodo de prueba de tendrán que emitir informe valorando los
ítems que a continuación se determinan: Capacidad de trabajo y rendimiento profesional, el sentido de la responsabilidad y
la eficiencia, el interés por el aprendizaje, la disposición y la iniciativa, la integración en el equipo de trabajo y la adecuación
en sus relaciones internas y externas.
Este periodo de prueba forma parte del proceso selectivo y si alguna persona aspirante no lo superara, perderá todos los
derechos derivados del proceso de selección, y se llamará en iguales condiciones a la persona que lo siga en la orden de
puntuación, siempre que hayan superado el procedimiento de selección].
Undécima. Funcionamiento de la bolsa de trabajo.
Las personas integrantes de las bolsas de trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la
puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto
ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 10 puntos (los exigidos para
superar la fase de oposición).
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras
contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden
establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la bolsa de trabajo se ajustará a los principios de igualdad
de oportunidades y principio de no discriminación.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Llamamiento al primer aspirante disponible de la lista.
Tendrá preferencia el aspirante que figura en primer lugar de la lista por orden de puntuación obtenida.
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de forma rotatoria hasta agotar la
bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes nombrados, estos no podrán repetir.
- Si el nombramiento no supera un mes, este conservara su puntuación y su posición en la bolsa de empleo a
efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
- Si el nombramiento, tras el primero o sucesivos llamamientos el tiempo de trabajo total prestado supera un
mes, el empleado pasará al último puesto de la bolsa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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un máximo de 3 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificados, contrato, nóminas, vida laboral y similares,
siempre que se haga constar la categoría desempeñada.
Novena. Calificación.
A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso.
La puntuación final será aquella obtenida para la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso.
Décima. Relación de personas aprobadas, acreditación de requisitos exigidos y formalización del contrato.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para integrar
la lista de espera.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a los llamamientos para cubrir las bajas previa acreditación de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
PERIODO DE PRUEBA:
Podrá establecerse en la convocatoria un periodo de prueba que se iniciará una vez el aspirante propuesto se haya
incorporado al puesto de trabajo y cuya existencia y duración reflejarse en el correspondiente contrato de trabajo.
Las personas responsables de hacer el seguimiento del periodo de prueba de tendrán que emitir informe valorando los
ítems que a continuación se determinan: Capacidad de trabajo y rendimiento profesional, el sentido de la responsabilidad y
la eficiencia, el interés por el aprendizaje, la disposición y la iniciativa, la integración en el equipo de trabajo y la adecuación
en sus relaciones internas y externas.
Este periodo de prueba forma parte del proceso selectivo y si alguna persona aspirante no lo superara, perderá todos los
derechos derivados del proceso de selección, y se llamará en iguales condiciones a la persona que lo siga en la orden de
puntuación, siempre que hayan superado el procedimiento de selección].
Undécima. Funcionamiento de la bolsa de trabajo.
Las personas integrantes de las bolsas de trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la
puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto
ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 10 puntos (los exigidos para
superar la fase de oposición).
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras
contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden
establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la bolsa de trabajo se ajustará a los principios de igualdad
de oportunidades y principio de no discriminación.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Llamamiento al primer aspirante disponible de la lista.
Tendrá preferencia el aspirante que figura en primer lugar de la lista por orden de puntuación obtenida.
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de forma rotatoria hasta agotar la
bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes nombrados, estos no podrán repetir.
- Si el nombramiento no supera un mes, este conservara su puntuación y su posición en la bolsa de empleo a
efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
- Si el nombramiento, tras el primero o sucesivos llamamientos el tiempo de trabajo total prestado supera un
mes, el empleado pasará al último puesto de la bolsa.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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