Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (02474/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento orgánico municipal
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Ayuntamiento de Don Benito

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e) Consulta de documentación.
Se efectuará siempre en las dependencias municipales.
f) Denegación de documentación solicitada:
En todo caso, deberá ser motivada.
Capítulo tercero.- De los deberes de los miembros de la corporación
Artículo veinte.- Enumeración.
- Asistir a las sesiones del Pleno de la Corporación y de los órganos colegiados de los que formen parte.
- Observar en todo momento las normas sobre incompatibilidades y causas de abstención, debiendo poner
en conocimiento de la Corporación cualquier circunstancia que pudiera constituir causa de las mismas.
- Formular declaraciones de bienes y actividades privadas.
- Mantener reserva de información de la documentación a la que se haya accedido por razón de cargo.
Disposición adicional
Primera y única.Todas las atribuciones que se regulen como propias de los distintos órganos del Ayuntamiento con posterioridad a la
aprobación del presente Reglamento, quedaran automáticamente incorporadas a las previstas para cada uno de ellos en el
presente Reglamento.
Disposición derogativa
Quedan derogados cuantos acuerdos del Pleno del Ayuntamiento, Junta de Gobierno Local o resoluciones de la presidencia
se opongan, contradigan o resulten incompatibles con las disposiciones de este Reglamento.
Disposición final
El presente Reglamento podrá ser objeto de desarrollo mediante acuerdo adoptado por el Pleno.
Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril sobre las Bases del Régimen
Local, pudiendo interponerse contra el mismo recurso contencioso - administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en Cáceres en el plazo de dos meses a partir de la presente
publicación.
Don Benito, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Fernanda Sánchez Rodríguez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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