Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02417/2024)
Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades deportivas para el fomento de la actividad física y deportiva a través de las escuelas deportivas en Almendralejo, temporada 2023/2024
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2417/2024
las subvenciones. La resolución adoptada se notificará a los interesados y deberá contener como mínimo el solicitante o
relación de solicitantes a los que se concede la subvención, haciendo constar en su caso, de manera expresa, la
desestimación del resto de las solicitudes.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. El plazo se computará a partir
de la publicación en el BOP de la presente convocatoria.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
Undécima.- Justificación de la subvención.
El plazo de justificación de la subvención concedida comenzará a partir del día siguiente a la notificación de dicha concesión,
finalizando en todo caso el periodo de justificación el día 30 de septiembre del 2024.
En los plazos mencionados, deberá presentarse la correspondiente cuenta justificativa acreditativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos.
Para ello se requiere la presentación de una memoria del proyecto desarrollado y una relación de gastos realizados, a los
que se acompañarán un conjunto de documentos acreditativos de la aplicación de los fondos percibidos incluyendo los
justificantes de pago. La cuenta justificativa de la subvención se compone de una memoria de actuación y una memoria
económica de la forma siguiente:
1) Memoria de actuación justificativa de que las actividades realizadas se corresponden con las
subvencionadas y los resultados obtenidos, así como, su relación directa con los justificantes de gasto. El
representante de la entidad deberá certificar la realización de las actividades subvencionadas. Se presentará
copia de todo el material documental e informativo (fotografías, estudios, notas de prensa, trípticos, material
de difusión etc.) a que de lugar la realización del proyecto subvencionado.
2) Memoria económica justificativa de los gastos efectuados debidamente pagados con cargo a la subvención
concedida. Los gastos y pagos deben realizarse dentro del periodo elegible de la actividad, es decir, desde el 1
de septiembre de 2023 hasta el 31 de agosto de 2024. Cualquier gasto y/o pago realizado fuera de este
periodo no será subvencionable. Se presentará una memoria económica cuyo contenido es el siguiente:
a.- Relación de los gastos y pagos de la actividad, cumplimentada según el anexo 9 de estas
bases.
b.- Relación de los ingresos que han financiado la actividad subvencionada, incluyendo la
subvención concedida por el Ayuntamiento de Almendralejo, cumplimentada según el anexo
10 de estas bases con indicación del importe y su procedencia. El total de ingresos declarados
no podrá ser superior al gasto total declarado en el anexo 9. En caso contrario, se reducirá la
subvención concedida en la parte proporcional del exceso de ingresos sobre gastos.
c.- Documento acreditativos de los gastos subvencionables de la actividad. Se considerarán
documentos económicos, justificantes de los gastos de la subvención, los siguientes:
- Nóminas del personal directamente relacionado con la actividad
subvencionada, empleado por cuenta ajena o mediante servicio profesional, las
cotizaciones sociales (modelo TC1) y el IRPF (modelo 111).
- Facturas y recibos legales y completos en los que debe figurar (artículo 6.1 RD
1619/2012):
a) Número y, en su caso, serie de la factura o recibo.
b) Fecha de expedición.
c) Nombre y apellidos, razón o denominación social del obligado a
expedir factura y del destinatario de las operaciones (en este caso
el beneficiario de la subvención).
d) Número o código de identificación fiscal del expedidor de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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las subvenciones. La resolución adoptada se notificará a los interesados y deberá contener como mínimo el solicitante o
relación de solicitantes a los que se concede la subvención, haciendo constar en su caso, de manera expresa, la
desestimación del resto de las solicitudes.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. El plazo se computará a partir
de la publicación en el BOP de la presente convocatoria.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
Undécima.- Justificación de la subvención.
El plazo de justificación de la subvención concedida comenzará a partir del día siguiente a la notificación de dicha concesión,
finalizando en todo caso el periodo de justificación el día 30 de septiembre del 2024.
En los plazos mencionados, deberá presentarse la correspondiente cuenta justificativa acreditativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos.
Para ello se requiere la presentación de una memoria del proyecto desarrollado y una relación de gastos realizados, a los
que se acompañarán un conjunto de documentos acreditativos de la aplicación de los fondos percibidos incluyendo los
justificantes de pago. La cuenta justificativa de la subvención se compone de una memoria de actuación y una memoria
económica de la forma siguiente:
1) Memoria de actuación justificativa de que las actividades realizadas se corresponden con las
subvencionadas y los resultados obtenidos, así como, su relación directa con los justificantes de gasto. El
representante de la entidad deberá certificar la realización de las actividades subvencionadas. Se presentará
copia de todo el material documental e informativo (fotografías, estudios, notas de prensa, trípticos, material
de difusión etc.) a que de lugar la realización del proyecto subvencionado.
2) Memoria económica justificativa de los gastos efectuados debidamente pagados con cargo a la subvención
concedida. Los gastos y pagos deben realizarse dentro del periodo elegible de la actividad, es decir, desde el 1
de septiembre de 2023 hasta el 31 de agosto de 2024. Cualquier gasto y/o pago realizado fuera de este
periodo no será subvencionable. Se presentará una memoria económica cuyo contenido es el siguiente:
a.- Relación de los gastos y pagos de la actividad, cumplimentada según el anexo 9 de estas
bases.
b.- Relación de los ingresos que han financiado la actividad subvencionada, incluyendo la
subvención concedida por el Ayuntamiento de Almendralejo, cumplimentada según el anexo
10 de estas bases con indicación del importe y su procedencia. El total de ingresos declarados
no podrá ser superior al gasto total declarado en el anexo 9. En caso contrario, se reducirá la
subvención concedida en la parte proporcional del exceso de ingresos sobre gastos.
c.- Documento acreditativos de los gastos subvencionables de la actividad. Se considerarán
documentos económicos, justificantes de los gastos de la subvención, los siguientes:
- Nóminas del personal directamente relacionado con la actividad
subvencionada, empleado por cuenta ajena o mediante servicio profesional, las
cotizaciones sociales (modelo TC1) y el IRPF (modelo 111).
- Facturas y recibos legales y completos en los que debe figurar (artículo 6.1 RD
1619/2012):
a) Número y, en su caso, serie de la factura o recibo.
b) Fecha de expedición.
c) Nombre y apellidos, razón o denominación social del obligado a
expedir factura y del destinatario de las operaciones (en este caso
el beneficiario de la subvención).
d) Número o código de identificación fiscal del expedidor de la
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