Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02335/2024)
Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del servicio de ayuda a domicilio
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Garrovilla
Anuncio 2335/2024
ANEXO I
BAREMO DE INDICADORES DE NECESIDAD DE AYUDA A DOMICILIO
INTRODUCCIÓN
El baremo que se publica quiere ser un instrumento técnico que pueda servir para normalizar el acceso a la prestación de
ayuda a domicilio y además:
o Objetivizar aún más las necesidades de las personas solicitantes y usuarias.
o Permitir el diagnóstico real de la situación y poder fijar, a partir del mismo, las necesidades de atención, así
como avanzar el pronóstico de mejora en la situación de las personas usuarias.
o Permitir establecer un sistema de priorización de la demanda de prestación del servicio y de igualdad de
acceso, de forma homologada en toda la región.
o Favorecer el tratamiento normalizado de los problemas sociales y su adaptación a la necesidad concreta de
las personas usuarias.
o Aumentar la fiabilidad y validez interna y externa de la escala de valoración.
ESTRUCTURA
Se valorarán los siguientes aspectos con la ponderación que se detalla a continuación:
1.- Situación económica
Puntuación máxima = 20 puntos
2.- Autonomía personal
Puntuación máxima = 35 puntos
3.- Situación de la vivienda
Puntuación máxima = 20 puntos
4.- Situación socio-familiar
Puntuación máxima = 25 puntos
Total:
100 puntos
1.- Situación económica (máximo 20 puntos).
Porcentaje de ingresos con relación al SMI (anuales divididos entre 12 meses)
Número de miembros
1
2
>3
Puntuación
Ingresos inferiores al 60% del SMI
20
20
20
Ingresos entre el 60% y 70% del SMI
19
19
20
Ingresos entre el 70% y 80% del SMI
18
19
20
Ingresos entre el 80% y 90% del SMI
17
18
19
Ingresos entre el 90% y 100% del SMI
16
17
18
Ingresos entre el 100% y 110% del SMI
15
16
17
Ingresos entre el 110% y 120% del SMI
14
15
16
Ingresos entre el 120% y 130% del SMI
13
14
15
Ingresos entre el 130% y 140% del SMI
12
13
14
Ingresos entre el 140% y 150% del SMI
11
12
13
Ingresos entre el 150% y 160% del SMI
9
10
11
Ingresos entre el 160% y 170% del SMI
7
8
9
Ingresos entre el 170% y 180% del SMI
5
6
7
Ingresos entre el 180% y 190% del SMI
3
4
5
Ingresos entre el 190% y 200% del SMI
1
2
3
Ingresos superiores al 200% del SMI
0
0
0
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ANEXO I
BAREMO DE INDICADORES DE NECESIDAD DE AYUDA A DOMICILIO
INTRODUCCIÓN
El baremo que se publica quiere ser un instrumento técnico que pueda servir para normalizar el acceso a la prestación de
ayuda a domicilio y además:
o Objetivizar aún más las necesidades de las personas solicitantes y usuarias.
o Permitir el diagnóstico real de la situación y poder fijar, a partir del mismo, las necesidades de atención, así
como avanzar el pronóstico de mejora en la situación de las personas usuarias.
o Permitir establecer un sistema de priorización de la demanda de prestación del servicio y de igualdad de
acceso, de forma homologada en toda la región.
o Favorecer el tratamiento normalizado de los problemas sociales y su adaptación a la necesidad concreta de
las personas usuarias.
o Aumentar la fiabilidad y validez interna y externa de la escala de valoración.
ESTRUCTURA
Se valorarán los siguientes aspectos con la ponderación que se detalla a continuación:
1.- Situación económica
Puntuación máxima = 20 puntos
2.- Autonomía personal
Puntuación máxima = 35 puntos
3.- Situación de la vivienda
Puntuación máxima = 20 puntos
4.- Situación socio-familiar
Puntuación máxima = 25 puntos
Total:
100 puntos
1.- Situación económica (máximo 20 puntos).
Porcentaje de ingresos con relación al SMI (anuales divididos entre 12 meses)
Número de miembros
1
2
>3
Puntuación
Ingresos inferiores al 60% del SMI
20
20
20
Ingresos entre el 60% y 70% del SMI
19
19
20
Ingresos entre el 70% y 80% del SMI
18
19
20
Ingresos entre el 80% y 90% del SMI
17
18
19
Ingresos entre el 90% y 100% del SMI
16
17
18
Ingresos entre el 100% y 110% del SMI
15
16
17
Ingresos entre el 110% y 120% del SMI
14
15
16
Ingresos entre el 120% y 130% del SMI
13
14
15
Ingresos entre el 130% y 140% del SMI
12
13
14
Ingresos entre el 140% y 150% del SMI
11
12
13
Ingresos entre el 150% y 160% del SMI
9
10
11
Ingresos entre el 160% y 170% del SMI
7
8
9
Ingresos entre el 170% y 180% del SMI
5
6
7
Ingresos entre el 180% y 190% del SMI
3
4
5
Ingresos entre el 190% y 200% del SMI
1
2
3
Ingresos superiores al 200% del SMI
0
0
0
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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