Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02272/2024)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para 2024
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

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Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.
Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
Plazo de presentación de solicitudes, a las que serán de aplicación las previsiones contenidas en el apartado 3 de este
artículo.
Plazo de resolución y notificación.
Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.
En su caso, posibilidad de reformulación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de dicha ley.
Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa y, en caso contrario, órgano ante el que ha de interponerse
recurso de alzada.
Criterios de valoración de las solicitudes.
Medio de notificación o publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Concesión directa.
Según el artículo 28.1 de la Ley General de Subvenciones, los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones de concesión directa previstas nominativamente en los presupuestos. En ellos se regularán las condiciones
para la concesión de estas subvenciones, de conformidad con lo previsto al respecto en la Ley General de Subvenciones, en
el Plan Estratégico de Subvenciones y en las bases de ejecución del presupuesto.
Asimismo, las subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico o humanitario u
otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, se tramitarán de acuerdo con lo previsto en la Ley
General de Subvenciones, el Plan Estratégico de Subvenciones y en las bases de ejecución del presupuesto.
La resolución o, en su caso, el convenio deberá incluir los siguientes extremos:
Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la asignación presupuestaria.
Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención, individualizada, en su caso, para cada
beneficiario si fuesen varios.
Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales.
Plazos y modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen
de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios.
Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la
subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
Beneficiarios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley General de Subvenciones, tendrá la consideración de
beneficiario de subvenciones la persona o asociación que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o
que se encuentre en la situación que legitima su concesión.
Competencia para la aprobación de subvenciones.
Corresponde a la Junta de Gobierno Local la competencia para:
1. La resolución de concesión y, en su caso, los convenios a través de los cuales se canalicen las subvenciones
previstas nominativamente en el presupuesto y, en su caso, sus correspondientes reintegros.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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