Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvaleón. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (02208/2024)
Bases de la convocatoria para el acceso mediante el sistema de oposición, de una plaza de Conductor/a camión de recogida de residuos sólidos urbanos, como personal laboral fijo, incluido en la oferta de empleo público 2024
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Salvaleón
Anuncio 2208/2024
El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y
eliminatorios, siendo requisito imprescindible para superar los mismos, haber obtenido las puntuaciones mínimas
requeridas.
El temario de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases.
Primer ejercicio: Cuestionario tipo test.
Consistirá en contestar por escrito, durante un tiempo máximo de 60 minutos, un cuestionario tipo test
planteado por el Tribunal de 50 preguntas con un máximo de 3 respuestas alternativas, siendo solo una de
ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa anexo a esta convocatoria. Podrán
incluirse preguntas reserva, que sustituirán a las preguntas del ejercicio en caso de que el Tribunal, de oficio o
a instancias de cualquier aspirante, determine la inexactitud de cualquiera de ellas.
No se permitirá el uso de libros o de cualquier otro tipo de documentación ni el de teléfonos móviles.
La calificación del ejercicio se realizará hasta un máximo de 5 puntos, otorgando 0,1 puntos por respuesta
correcta y deduciendo 0,025 puntos por respuesta errónea, no puntuando las preguntas no respondidas.
Será necesario obtener una puntuación mínima de 2,5 puntos, para superar este primer ejercicio.
Segundo ejercicio: Prueba práctica.
Consistirá en la realización de una o más pruebas prácticas planteadas por el Tribunal, y relacionadas con el
manejo de camión, en los que el aspirante deberá acreditar el conocimiento y las habilidades propias del
puesto de trabajo ofertado y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los
aspirantes.
La valoración de esta prueba será como máximo de 5 puntos, en base a la media aritmética de las
puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal. Será necesario obtener una puntuación mínima de
2,5 puntos para superar este segundo ejercicio.
Octava.- Calificación de las pruebas.
Calificación definitiva: Será la suma aritmética total de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición por cada aspirante
aprobado, así se determinará el orden de clasificación definitiva.
Empates: En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por los aspirantes, una vez finalizada la fase
de oposición, serán criterios para dirimir el mismo y por este orden:
- En primer lugar, la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio (prueba práctica) de la fase de
oposición.
- En segundo lugar, la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio (prueba teórica) de la fase de
oposición.
- Finalmente, si persiste el empate, el orden se decidirá por sorteo.
Novena.- Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y contratación.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquel propuestos para su contratación.
El aspirante propuesto acreditará ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quien, dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
El aspirante propuesto deberá someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que
acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento
concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y
eliminatorios, siendo requisito imprescindible para superar los mismos, haber obtenido las puntuaciones mínimas
requeridas.
El temario de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases.
Primer ejercicio: Cuestionario tipo test.
Consistirá en contestar por escrito, durante un tiempo máximo de 60 minutos, un cuestionario tipo test
planteado por el Tribunal de 50 preguntas con un máximo de 3 respuestas alternativas, siendo solo una de
ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa anexo a esta convocatoria. Podrán
incluirse preguntas reserva, que sustituirán a las preguntas del ejercicio en caso de que el Tribunal, de oficio o
a instancias de cualquier aspirante, determine la inexactitud de cualquiera de ellas.
No se permitirá el uso de libros o de cualquier otro tipo de documentación ni el de teléfonos móviles.
La calificación del ejercicio se realizará hasta un máximo de 5 puntos, otorgando 0,1 puntos por respuesta
correcta y deduciendo 0,025 puntos por respuesta errónea, no puntuando las preguntas no respondidas.
Será necesario obtener una puntuación mínima de 2,5 puntos, para superar este primer ejercicio.
Segundo ejercicio: Prueba práctica.
Consistirá en la realización de una o más pruebas prácticas planteadas por el Tribunal, y relacionadas con el
manejo de camión, en los que el aspirante deberá acreditar el conocimiento y las habilidades propias del
puesto de trabajo ofertado y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los
aspirantes.
La valoración de esta prueba será como máximo de 5 puntos, en base a la media aritmética de las
puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal. Será necesario obtener una puntuación mínima de
2,5 puntos para superar este segundo ejercicio.
Octava.- Calificación de las pruebas.
Calificación definitiva: Será la suma aritmética total de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición por cada aspirante
aprobado, así se determinará el orden de clasificación definitiva.
Empates: En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por los aspirantes, una vez finalizada la fase
de oposición, serán criterios para dirimir el mismo y por este orden:
- En primer lugar, la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio (prueba práctica) de la fase de
oposición.
- En segundo lugar, la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio (prueba teórica) de la fase de
oposición.
- Finalmente, si persiste el empate, el orden se decidirá por sorteo.
Novena.- Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y contratación.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquel propuestos para su contratación.
El aspirante propuesto acreditará ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quien, dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
El aspirante propuesto deberá someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que
acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento
concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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