Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (02127/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico de Jardinería y Limpieza, laboral fijo, en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 2127/2024

El proceso de selección será el de concurso-oposición. Constará de 2 fases: Fase de oposición y fase de concurso. Solamente
se valorará la fase de concurso a aquellos aspirantes que previamente superen la fase de oposición.
a) Fase de oposición (hasta un máximo de 20 puntos). Constará de 2 pruebas o ejercicios, independientes y
eliminatorios entre sí:
a1.- Primera prueba (10 puntos). A desarrollar por escrito, tipo test, que consistirá en contestar,
en un tiempo máximo de 60 minutos, un test de 50 preguntas, más 5 de reserva con 3
respuestas alternativas de las cuales solo una podrá ser la correcta. Las preguntas versarán
sobre el contenido del programa incluido en el anexo II de esta convocatoria. Cada respuesta
correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni
penalizando las preguntas no contestadas.
a2.- Segunda prueba (10 puntos). Consistirá en la realización de una prueba o supuesto
práctico relacionado con el contenido del temario y/o el manejo de maquinaria y herramientas
de jardinería y/o mecánica de maquinaria de jardinería. El tiempo para la realización de esta
prueba será determinado por el Tribunal. El Tribunal deberá garantizar la incomunicación entre
los aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro
más conveniente.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por
parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estime oportunos. Ante el
incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del
aspirante del proceso selectivo.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el
acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
Determinación de la puntuación: La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su
calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de 10 puntos, debiendo obtener al menos
una puntuación de 5 puntos para superar el ejercicio. El segundo ejercicio se calificará con la media resultante
de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones
máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos, debiendo obtener al
menos una puntuación de 5 puntos para superar el ejercicio. En el supuesto de que haya más de 2 notas
emitidas que se diferencien en 2 o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de
las mínimas. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los
ejercicios práctico y teórico.
b) Fase de concurso: (Hasta un máximo de 12 puntos), la valoración de méritos se hará conforme a los
siguientes criterios:
b1.- Méritos relativos a la experiencia profesional (10 puntos). Se valorarán los servicios
efectivos prestados para cualquier administración o empresa.

Por haber desempeñado puesto de Oficial de 2.ª de Jardinería o Limpieza, en
cualquier Administración Pública o Empresa por cada año de servicio prestado o
fracción mínima de 6 meses.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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