Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02023/2024)
Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al procedimiento de provisión de un puesto de Agente de Policía Local por concurso
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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b) Haber permanecido, como mínimo, tres años en situación administrativa de servicio activo
en la categoría de Agente u Oficial de Policía Local en el cuerpo o plantilla de la Policía Local del
Municipio correspondiente desde la última de posesión."
En definitiva, comprobadas las circunstancias reales descritas en párrafos anteriores, se propone la exclusión
de los aspirantes provisionalmente admitidos.
Por todo lo anterior y de conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de
Régimen Local,
HE RESUELTO
Primero.- Aprobar la siguiente relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, una vez revisadas las
subsanaciones o reclamaciones presentadas:
ASPIRANTES ADMITIDOS
Ninguno
ASPIRANTES EXCLUIDOS

Apellidos

Nombre

DNI

Motivo exclusión

Écija Caballero

José Manuel

*****568-Q

No cumple requisito base 2.b)

Royano Fernández

Francisco José

*****046-S

No cumple requisito base 2.b)

"Base 2.b): Haber permanecido, como mínimo, tres años en situación administrativa de servicio
activo en la categoría de Agente u Oficial de Policía Local en el cuerpo o plantilla de la Policía
Local del municipio correspondiente desde la última de posesión."
Segundo.- Declarar desierto el proceso de selección convocado mediante concurso por el sistema de
movilidad de un puesto de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
Tercero.- Publicar la relación definitiva de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia, así como
en el tablón de anuncio de la sede electrónica de este Ayuntamiento:
http://lossantosdemaimona.sedelectronica.es, haciendo constar que contra este acto, que pone fin a la vía
administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrán formularse los siguientes recursos, en el plazo de
dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano
competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o con carácter potestativo, en los términos
comprendidos en el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, Recurso de Reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar
desde el del día siguiente al de su publicación, pudiendo interponer, además, cualquier otro Recurso que se
estime procedente.
Cuarto.- Comunicar la presente resolución al servicio de Recursos Humanos, para su conocimiento y efectos
oportunos.
Quinto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que
se celebre."
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrán formularse los siguientes recursos, en el plazo de dos meses, a
partir del día siguiente al de su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o con carácter potestativo, en los términos comprendidos en el art. 123 de la Ley
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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