Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. (01930/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de Profesor de Idiomas en la especialidad de Inglés correspondiente al desarrollo del programa trianual 2022-2025 de apoyo a la Universidad Popular
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 1930/2024

Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el
supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados. Los extranjeros con residencia legal en España
podrán acceder a las administraciones públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los
españoles.
Tener cumplidos 16 años de edad antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y no
exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas del puesto al
que se aspira.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas
o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impidan, en su Estado, en los
mismos términos, el acceso al empleo público.
No estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre,
de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Estar en posesión de titulación universitaria (licenciatura o grado) en Filología Inglesa o en Traducción e
Interpretación Lingüística (1er idioma Inglés), o titulación universitaria (diplomatura o grado) de Maestro en la
especialidad de lengua inglesa, o titulación de nivel avanzado de C1 o C2 de Escuela Oficial de Idiomas, o nativo que
acredite experiencia pedagógica o titulación extranjera homologada.
Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de
instancias solicitando tomar parte en la oposición-concurso, y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el
momento de la contratación, y acreditarse, en caso de ser seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercero.- Admisión de los aspirantes.
Instancias: A efectos de ser admitidos en el proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:
a) La instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo, conforme al modelo que aparece en el anexo II
de estas bases. No admitiéndose otro tipo de modelo.
b) Copia del DNI, NIE o pasaporte del aspirante.
c) Copia de la titulación requerida, exigida a la categoría que se opte, o documento acreditativo del abono de
las tasas para la expedición de la titulación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Copia de la vida laboral.
e) Méritos a valorar en la fase de concurso (contratos de trabajo; certificados de servicios prestados;
Diplomas, títulos o certificados de cursos, etc.).
f) Resguardo justificativo del abono de la tasa de derechos de examen o documentación acreditativa de estar
exento de su abono, así como justificación de reducción de tasa por bonificación, según lo establecido al final
de este apartado.
Los aspirantes deberán manifestar, bajo su responsabilidad, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los
términos en que se recogen en la base segunda y que se comprometen a poner a disposición de la Administración Municipal
cuando sea requerido al efecto.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deberán tener reconocido por la
administración competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiéndose acreditar esta circunstancia en el
momento de presentación de la solicitud.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios, y se llevará a
cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes/as, el Tribunal Calificador adoptará las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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